Columnas

Propuestas para mejorar la justicia

Evolución

En mi artículo de la semana pasada expuse las principales razones de porqué la justicia en Guatemala es muy propensa a ser cooptada por intereses políticos y de grupos de presión. En resumen, se puede decir que es debido al mal diseño constitucional de los procesos de designación de magistrados de Corte Suprema y Corte de Apelaciones. En el caso de Corte Suprema esto a la vez deriva en un mal proceso de designación y confirmación de jueces de instancia y sentencia, en el contexto de una también mal elaborada Ley de la Carrera Judicial. El denominador común a todos estos procesos es el alto nivel de politización que se da en las designaciones de magistrados y jueces, debido a la enorme influencia que se da a políticos y grupos de presión, lo que conduce a que, en muchos casos, las decisiones judiciales estén supeditadas a intereses políticos y de grupos de presión específicos. Aparte del manifiesto poder que se da a políticos y grupos de presión de influir en los jueces, debido al mal diseño de los procesos de designación, la otra variable que contribuye a la politización y cooptación de la justicia es la dimensión temporal de los cargos de magistrados y jueces. Por lo tanto, cualquier reforma sensata en materia de justicia debe atender el objetivo de despolitizar la justicia y darle independencia, sujeta siempre al control constitucional por supuesto, vía una mejora en el diseño del proceso de nombramiento y vía la temporalidad de los cargos de magistrados y jueces.

Propongo algunas ideas concretas de cómo se podrían mejorar estos aspectos, no como una propuesta definitiva, sino como ejemplos de cómo se podrían lograr los objetivos trazados para darle más independencia del poder político a las cortes, pero que a la vez puedan servir como base para un debate serio y profundo sobre las reformas que imperiosamente habemos de implementar. Por razones de espacio me enfocaré en Corte Suprema.

Empecemos por el hecho que no se debe renovar la corte en su totalidad cada 5 años. Se puede, por ejemplo, establecer que los magistrados durarán en sus cargos hasta que cumplan 75 años de edad. De esa manera se logra, ante todo, independencia del poder político, ya que los magistrados no deberán andarle mendigando a los políticos por sus puestos cada 5 años. Como no todos llegarán a la edad límite al mismo tiempo, se logra también darle estabilidad a la corte, lo que invariablemente se traduce en certeza jurídica de largo plazo. Tan nociva es la politización de la justicia como la incertidumbre provocada por los criterios cada vez más antojadizos de los jueces “de turno” que varían con cada nueva corte. Más cortoplacista es aún la visión de la corte desde que se estableció esa ridícula disposición de rotar la presidencia cada año. Ha habido cortes que se han pasado la mitad de su período peleándose entre las facciones que la integran por elegir a un presidente. Sencillo, se debe establecer que presida la corte el magistrado de más antigüedad en el cargo. Otra ventaja de esto es que en cada proceso de designación, se nombrará únicamente a un magistrado, en el momento en que se necesite, sea por cumplir la edad límite o por renuncia de alguno. Eso hará que el escrutinio sobre la comisión que lo designe sea mucho mayor, lo cual hará más difícil que los comisionados se presten al juego político con la facilidad que lo hacen hoy en día. Ante la falta de un magistrado, se deberá conformar la comisión respectiva para nombrar a quien le suceda. Mientras, la corte opera con normalidad con los actuales.

Las comisiones de postulación no fueron una mala idea del todo. Pareciera haber sido también una noble intención el haber involucrado a la academia en el proceso. Lo cierto es que, como lo explicaba la semana pasada, el modelo degeneró a tal grado que hoy es disfuncional y proclive a ser cooptado. Propongo, por ejemplo, que la comisión de postulación se integre por sorteo de la siguiente forma. Deberá ser integrada por un total de 15 comisionados. Los requisitos para ser comisionado deben ser tener un mínimo de 30 años de ejercicio profesional y contar con algún título de post grado en el campo académico, mejor si doctorado, y otros requisitos básicos. Se deberá realizar públicamente un sorteo entre los abogados que cumplan los requisitos para designar a los 15 comisionados. La comisión deberá proponer una terna de 3 candidatos para el cargo de magistrado que ha de nombrarse. La comisión deberá elegir a los candidatos con el voto de dos tercios de sus miembros. No se podrá permitir que los interesados se “auto postulen” o que grupos de interés o políticos propongan o presionen. La comisión deberá, a conciencia, proponer a 3 juristas cuyas credenciales sean impecables como candidatos a cargo de magistrado. Esto es el paso más importante y a la vez el más difícil de lograr en la práctica, por más que se quiera legislar al respecto. Acá es donde nuevamente el escrutinio público se hace vital.

Para ser magistrado de Corte Suprema se debe requerir una edad mínima de 55 años y un mínimo de 30 años de ejercicio profesional, una trayectoria destacada e intachable en el sector justicia o en el campo profesional o docente. Repito, por más que se quiera, no se puede mediante una simple norma jurídica garantizar la responsabilidad mayúscula que tendrá la comisión en proponer a la terna. Una vez propuesta la terna, previo algún breve y simple mecanismo de oposición o tachas, se deberá realizar públicamente un sorteo mediante el cual se determinará quién es el candidato designado. Insisto en el sorteo porque despolitiza la elección final y es, contraintuitivamente, un mecanismo equitativo y democrático.

TEXTO PARA COLUMNISTA

Alejandro Baldizón

Abogado y Notario, catedrático universitario y analista en las áreas de economía, política y derecho.

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