Sin embargo, ante la ruptura del orden institucional no queda otro camino más que el jurídico, es decir, que los tres presidentes de los organismos del Estado, ante la obvia comisión de hechos flagrantes y de grave impacto social, soliciten a su abogado, concretamente al Procurador General de la Nación, o incluso este de oficio por tratarse de delitos de acción pública, active el protocolo consagrado en los artículos 5 y 6 de la Ley en Materia de Antejuicio, y requiera al Ministro de Gobernación, el apoyo de la fuerza pública para ejecutar la aprehensión de los magistrados Gloria Patria Porras Escobar, Boanerge Amilcar Mejía Orellana y José Francisco de Mata Vela, para que, luego de que hayan sido capturados y puestos a disposición de la autoridad legal competente, los suplentes de dicha corte, restablezcan el orden jurídico lesionado, ordenando la inmediata designación y nombramiento de los magistrados que deberán integrar el poder judicial.
Me gusta esto:
Me gusta Cargando...
Read More