Columnas

Las políticas tributarias de gestión de cobro de la SAT

Por: Ignacio Andrade 

La considerada por Aristóteles como la virtud del hombre, por medio de la cual  se da la cualidad humana que induce a usar o hacer las cosas con moderación.  Esta virtud,  debe aplicarse en la política tributaria del  país,  por un lado, en la gestión de cobro de impuestos,  evitando aplicar una política fiscal muy agresiva;  y por otra parte,  evitando aplicar una política  fiscal muy suave. La consistencia es otra de las virtudes del recaudador.

Un recaudador tiene la necesidad de ser consistente para adquirir el respeto de los contribuyentes. SAT debe  ser consistente en sus acciones y en el cumplimiento de la ley.  En la medida en que no aplique la templanza y la consistencia, correrá el riesgo de hacer que su base tributaria se reduzca,   y que la recaudación disminuya, en vez de aumentar.

Si SAT aplica una política tributaria en la que utiliza como única herramienta para el cobro de impuestos el perseguir penalmente a  todos los contribuyentes,  auyentará a muchos  a la informalidad.  Si el premio por registrarse como contribuyente es que de primas a primeras se  le amenace con acciones penales,  el efecto será  que el contribuyente la evite y desaparezca.

Si SAT persigue  a algunos malos contribuyentes,  pero deja de perseguir a otros;  por ejemplo,  si persigue a exportadores pero deja de perseguir a ONG,    los contribuyentes percibirán sus acciones como injustas.  LA  SAT debe aplicar los mismos principios para reconocer ingresos,  que para reconocer gastos.  La consistencia,  la templanza y su recto actuar hará que SAT se gane el respeto de todos.  Los impuestos se cobran no por temor,  sino derivado del respeto del contribuyente y por convicción del mismo del rector actuar del recaudador.

Esto mejorará la cultura tributaria. SAT debe llegar a sus metas de recaudación cumpliendo con la ley.  Si tiene impuestos que devolver,  debe devolverlos sin demora, sin argumentar que hay contribuyentes inexistentes,  si ya  conoce  su existencia, pero los ha amedrentado. La ley orgánica de SAT planteó al ser aprobada,  que se necesitaba un órgano técnico, no político, con funcionarios profesionales.

Se requería una entidad  sin sesgos.  En el camino se perdió  la razón de ser de SAT,  quedando la misma en manos de personajes de no grato recuerdo,  que  desfiguraron su finalidad. SAT tienen sus manos,  a partir de este jueves, los secretos  más íntimos de los contribuyentes con las modificaciones al  Código Tributario contenidas en Decreto 37-2016.

SAT debe hacer uso juicioso de este derecho. En las modificaciones introducidas a la ley,  un juez,  dedicado solamente a estos casos, sin oír al contribuyente previamente   decreta la apertura  y entrega de la información bancaria de todos los contribuyentes. SAT podrá saber  todo sobre el contribuyente, dónde  y con cuanta frecuencia consumen  los gustos más íntimos del contribuyente, con solo indicar a un juez que por motivos de revisión tributaria se requiere la información del Contribuyente.

Ojalá  SAT utilice con responsabilidad la información de los contribuyentes y no se haga mal uso de la misma. Ahora,  SAT,  su nuevo directorio, (y funcionariado) tienen la gran oportunidad con las modificaciones a su ley orgánica de  convertirse en el órgano técnico de aplicación de la ley, que se visualizó al ser creada y que no se convierta nuevamente en colaboradora de actos reñidos con la ley.

Redacción

Equipo de redacción