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¡Oxec I y II: Justicia Politizada!

Una de las peores tragedias con consecuencias graves para los guatemaltecos es la politización de los jueces y peor aún la de los que componen la Corte Suprema de Justicia. Por eso, en varias ocasiones he defendido la elección con base en sorteos de los que califiquen para el puesto y no nombramientos directos como ha sido hasta ahora. El asunto toma relevancia ahora porque la politización de la actual Corte Suprema de Justicia tiene al país en velo con el caso de las hidroeléctricas Oxec I y Oxec II. En un fallo a todas luces politizado y tremendamente dañino para nuestro país, el pasado 4 de enero, la CSJ (Corte Suprema de Justicia). paró temporalmente la operación de dos proyectos hidroeléctricos, Oxec I y Oxec II, en Santa María Cahabón, Alta Verapaz.

El argumento de la CSJ es que no se hicieron las consultas populares requeridas por el Convenio 169 de la OIT sobre Derechos de los Pueblos Indígenas. Es fallo es anómalo y equivocado porque las consultas no son para nada vinculantes. Este tipo de fallo afecta no solo a las hidroeléctricas sino también a las mineras y cualquier otro tipo de proyecto. Esto es grave porque no hay seguridad de que una persona que quiera invertir en el país pueda ver interrumpida toda su inversión a la mitad o incluso al terminar su proyecto por una simple y politizada decisión de jueces que han politizado su trabajo. En este momento hay un memorial a favor de las hidroeléctricas en la (CC) Corte de Constitucionalidad presentado por la Asociación de Amigos del País en vista que el fallo emitido por la CSJ en relación a Oxec I y Oxec II “atenta contra el Estado de derecho y podría derivar en demandas millonarias contra el Estado de Guatemala”.

Esto es una parte de las consecuencias de ese nefasto fallo. Más grave aún es la paralización del desarrollo del país, tanto eléctrico como minero, así como el industrial. Sin electricidad barata como la de la energía eléctrica Guatemala volverá a la oscura época de altos precios de energía afectando a todos los guatemaltecos ya que todos los productos reflejarán esta situación sin decir que la factura de lo que consuman los hogares podría incrementarse al doble o triple de lo que está hoy. Además, la industria perderá competitividad. Considero que es un crimen e inmoral ahuyentar las inversiones y restarles oportunidades a los más pobres. Si yo fuera uno de estos jueces de la CSJ me sentiría totalmente avergonzado con este fallo y trataría de encontrar la forma de corregir mi error.

El Convenio 169 de la OIT sobre Derechos de los Pueblos Indígenas no es vinculante, es decir, no puede pararse ninguna industria por el simple hecho de que la consulta dé como resultado que los pobladores no quieren el proyecto. La idea de las consultas es para hacer saber a los vecinos de qué trata el proyecto y que comprendan los beneficios para ellos y para el país. Es más, se aprobó el Convenio 169 pero aún no existe reglamento que normalice o estandarice la forma de hacer las consultas. En base a lo actuado hasta ahora ha sido una irresponsabilidad pronunciarse sobre un proyecto en una consulta ya que también han sido fuertemente politizados.

Es importante resaltar que al no tener poder vinculante las consultas mal hechas, el fallo de la CSJ debería ser a todas luces ilegal. Espero que la CC pueda hacer algo para corregirle la plana a la CSJ. Mientras tanto, millones de dólares se han perdido en una lucha legal que nunca debió darse. Volvamos a los principios básicos de la igualdad ante la ley y el respeto a los derechos individuales de la vida, la libertad y la propiedad.