Columnas

Papel del procurador de Derechos Humanos

Tengo la certeza que todos los guatemaltecos alguna vez nos hemos sentido en estado de indefensión y a diario aceptamos abusos o actos arbitrarios de la administración pública, porque lamentablemente Guatemala es un país en el que históricamente se violentan los derechos humanos. Muchas veces es difícil acceder o no encontramos eco en los entes obligados a monitorear, promocionar, proteger y defender esos derechos, como lo es el Procurador de los Derechos Humanos.

«La función del procurador de Derechos Humanos va dirigida a proteger, sin distinción alguna, a “todas” las personas contra abusos o actos arbitrarios de la administración pública».

La Corte de Constitucionalidad, según expediente No. 669- 94, sentencia del 03- 08-95, sostiene que el cargo del Procurador es de “origen constitucional que ha sido instruido para la defensa de los derechos humanos y con facultades para supervisar la administración pública, siendo como tal un fiscalizador de ésta. Su objetivo es doble, asegurar un adecuado funcionamiento de la actividad administrativa y tutelar los derechos de las personas frente a la administración”. La función del procurador de Derechos Humanos va dirigida a proteger, sin distinción alguna, a “todas” las personas contra abusos o actos arbitrarios de la administración pública que pueden afectar sus derechos y garantías fundamentales y está obligado a iniciar una investigación sin necesidad de que una persona ponga una denuncia.

La mejor defensa de los Derechos Humanos se debe hacer desde lo interno; sin embargo, Guatemala no ha cumplido del todo con ese mandato, lo que se ejemplifica con la cantidad de sanciones internacionales dictadas contra el Estado. Los derechos humanos solo pueden ser lesionados o violentados por el Estado, por lo tanto el papel del Procurador es importantísimo para poner fin a la situación arbitraria o contraria a derechos fundamentales garantizados en la Constitución Política y Convenios o Tratados en material de Derechos Humanos, lo que se hará a través de las recomendaciones que éste realice.

Sin embargo, será difícil que el procurador realice un buen desempeño, si tiene nexus políticos con quienes está obligado a supervisar, ya que puede comprometer su imparcialidad y lo limita a ejercer el cargo de forma independiente, libre de influjos externos y sin libertad para realizar su función. Un procurador confiable debe actuar con autonomía, únicamente debe estar comprometido con su país y el bienestar de la población, no importando a quien deba señalar y con la misión de frenar todo abuso o acto arbitrario y que se mantenga la vigencia irrestricta de los derechos humanos, porque la democracia significa su pleno respeto.

Es plausible el pacto de transparencia que acordó la Comisión de Derechos Humanos para no entrevistarse con los candidatos a la PDH, porque en la medida de lo posible, demuestra una apuesta contra la corrupción y tráfico de influencias, pero el pacto especialmente repercutirá en beneficio del pueblo porque garantiza el correcto funcionamiento de la PDH y que el futuro Procurador cumpla con su función libre de todo compromiso o presión política.

 

Mireya Batún Betancourt

Abogada, Notaria y Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, postgrado en Criminología, especialista en ejecución penal con estudios en Doctorados de Ciencias Penales y Derecho Constitucional Internacional.