Columnas

El Estado de derecho y la actuación parcializada

Por: Ignacio Andrade

El funcionario público, el juez, el auditor Fiscal, el fiscal y toda persona que labore para el Estado tiene un deber de aplicar la ley a todos por igual, sin ver color político, ideología y sin que la simpatía personal por una causa política enmarque o influencie su actuación.

La Función pública requiere de una ceguera ideológica e imparcialidad que es esencial para el prestigio de la institución. En la medida en que la población perciba que un funcionario público actúa en una forma dispar, escogiendo perseguir a unos y perdonar a otros por conductas similares, el funcionario público deja de ser tal para convertirse en un instrumento de acción política, personal o de intereses aviesos.

De esa suerte, cuando el Ministerio Público, los jueces, la Corte de Constitucionalidad escogen condonar conductas violatorias de derechos de la población de entidades que llaman a obstruir el derecho de libre locomoción de los habitantes de la República, escudándose en un derecho de manifestación pública; cuando la conducta evasora de organizaciones no gubernamentales que no pagan impuesto por cobrar energía eléctrica que no producen no es perseguida por la Superintendencia de Administración Tributaria, ni por el Ministerio público; cuando un juez escoge perseguir penalmente una conducta de alguien por tratarse de un pariente de un funcionario público y no perseguir otra de la misma especie, el país sufre, sufre el Estado de derecho, sufre la legalidad. CICIG, el Ministerio Público y algunos jueces del Organismo Judicial se han ganado a pulso un prestigio a lo largo de su actuación de los últimos dos años.

Sin embargo, cuando estas mismas entidades muestran un manoseo de la justicia evidenciado en el caso Rosenberg, su prestigio sufre enormemente. La confianza que la población ha ido dándole a dichas instituciones tiende a perderse cuando la población no ve que la actuación de los funcionarios sea ecuánime y equitativa. Si el financiamiento irregular de campañas electorales de ciertos partidos se permite, pero el de otros se castiga, hay una iniquidad apabullante.

Cuando se castiga a una persona por hablar a puerta cerrada, por hablar con un juez, pero el Ministerio Público condona la conducta de un funcionario de dicha institución que habla con jueces, cuando CICIG persigue a funcionarios públicos, diputados y otros por hablar con jueces, pero habla a puerta cerrada con diputados para promover su propia agenda y hacer que estos ejecuten actos en el ejercicio de su cargo en una forma tal que favorece a sus intereses, no actúa en una forma pareja. No estamos condonando en forma alguna que el tráfico de influencias deba permitirse, todo lo contrario, lo condenamos.

Las autoridades encargadas de la persecución penal deben ser las primeras en obedecer la ley. El doble estándar de parte de las autoridades es la ruta al desprestigio de las instituciones. Es esencial que las instituciones apliquen la ley en forma pareja para todos. El uso de la ley para favorecer intereses personales, políticos, de amistad o cualquier otro debe desterrarse en este país si verdaderamente queremos progresar hacia un verdadero Estado de derecho.

 

Redacción

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