Editoriales

Falsedad material e ideológica en orden de captura

Las fuerzas de seguridad reportaron la captura del exviceministro de Economía, Enrique Lacs Palomo, en un sector de la zona 10 de la ciudad capital, en cumplimiento de una orden de aprehensión emitida con fecha 4 de mayo del presente año, por el Juez Tercero de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, Mynor Motto.

Sin embargo, posteriormente la Secretaria General del Ministerio Público (MP), Mayra Véliz, confirmó que la firma del documento fue falsificada, pues el ente investigador no solicitó la detención del exfuncionario y al ser consultado al respecto, el juez Mynor Motto, indicó que la signatura que calza la orden de aprehensión no es de su puño y letra. Lacs Palomo, estaba citado para comparecer ante el juez Tercero de Primera Instancia Penal; sin embargo, al ser abordado por distintos representantes de los medios de comunicación, indicó que le suscitaba extrañeza la captura, pues tenía que comparecer el día de ayer a las 13:00 h.

Si bien la orden de aprehensión falsificada, consigna el número de expediente correspondiente al proceso que enfrenta Lacs Palomo, la misma es falsa de conformidad con lo declarado por Véliz y será sometida a peritajes en el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) con el objeto de determinar la autenticidad de los sellos y firma que calzan el escrito, lo que constituiría los delitos de falsedad material e ideológica, si logran dar con él o los responsables.

No obstante, las pesquisas realizadas por el ente investigador en el despacho del juez, al enterarse de la ejecución de la orden, es preciso que las mismas no se circunscriban a la simple identificación de los responsables, pues en este caso es necesario establecer varios aspectos, entre otros, quién entregó la orden judicial falsa a los elementos de la Policía.

Es preciso que las autoridades judiciales consideren este caso como un referente para implementar mayores mecanismos de control destinados a evitar la falsificación de nuevas órdenes judiciales ya que la utilización maliciosa puede ocasionar graves perjuicios tanto a los sindicados, como al imperio de la ley y al debido proceso.

Redacción

Equipo de redacción