Neogolpismo
El Profesor Nicolás Pérez Serrano dice: “Constituye el golpe de Estado un suceso político que modifica violenta, brusca e ilegalmente el régimen jurídico establecido, y cuyo agente no es el Pueblo, sino la Autoridad, depositaria del Poder. […]
Lo esencial es que, al margen del Derecho, que no puede prever, ni regular, ni menos consentir su aparición, se produce un movimiento, de origen no popular, aunque a la postre reciba aliento y asenso nacional en ocasiones, y en que el propio Jefe del Estado, o autoridades supremas y caracterizadas de él, se apartan de la legalidad y alteran perentoriamente las instituciones fundamentales.
Podrá no hacerse uso material de la fuerza; pero será porque haya bastado para vencer resistencias con la simple amenaza de emplearla, pues el golpe de Estado necesita la apelación a ese resorte. Podrá prolongarse algo la lucha originada por la subversión, aunque es caso algo insólito; mas ello no resta verdad a la nota de transformación brusca que acompaña al fenómeno. Y, sobre todo, el síntoma patognomónico (ya que de Patología política hablamos) radica en ser los titulares del Poder los que lo esgrimen y utilizan para derrocar la estructura a que servían.” (Tratado de Derecho Político, 2a. edición, Madrid, 1984).
“Los golpistas esgrimen ideas idénticas para justificar su conducta antidemocrática”.
Desde una perspectiva política, Juan Gabriel Tokatlian (El auge del neogolpismo, La Nación, 24.06.12 y Neogolpismo, Página 12. 13.07.09), estudia el “neogolpismo” considerándolo ser formalmente menos virulento, estar liderado por civiles (con soporte implícito o complicidad explícita de los militares), mantener una cierta apariencia institucional, no involucrar necesariamente a una potencia (Estados Unidos) y pretender resolver, “al menos de entrada, una impasse social o política potencialmente ruinosa.”
Cita como ejemplos: “la remoción “legal” de Jamil Mahuad, en Ecuador, en 2000; el derrocamiento “institucional” de Hugo Chávez, en Venezuela, en 2002; la “salida” forzada de Jean-Bertrand Aristide, en Haití, en 2004; la sustitución “constitucional” de Zelaya, en Honduras, en 2009, el “ putch “ policial contra Rafael Correa, en 2010, la “destitución” de Fernando Lugo por mal desempeño en sus funciones (que) se inserta en la dinámica de presuntos “golpes benévolos”, en los que sus autores se vieron “compelidos” a “salvar” la democracia.” Como rasgos en común les reconoce que: “Los golpistas esgrimen ideas idénticas para justificar su conducta antidemocrática: preocupante “vacío de poder”, “tendencia autoritaria” del mandatario, crisis política “autoinfligida”, ambición presidencial “desmedida”, intención de “perpetuación” en el Ejecutivo.” Ítem más: “En la mayoría de los casos, el papel del Congreso es decisivo y la letra constitucional se invoca para otorgarle legitimidad al descabezamiento de la presidencia.”
Destaca que el golpe de Estado ocurrido en Honduras dejó como enseñanza que para deponer y ejecutar el mandatario en el gobierno había que simular que la crisis era de tal envergadura que no había otra opción que remover al Ejecutivo, mantener formalmente las instituciones y esperar hasta que las políticas antigolpe de la comunidad internacional resulten improductivas.