¿Es necesario regular la economía colaborativa?
Por: Fernando A. Marín
Mucho se habla últimamente sobre la economía colaborativa, ésta parte de los modelos de negocio en los cuales se facilitan actividades a través de plataformas de colaboración, las cuales crean un mercado para el uso de servicios y mercaderías de forma temporal. Intervienen tres agentes: el prestador de los servicios, el usuario y el intermediario –la plataforma, por lo general-.
El impacto que han tenido las empresas con este modelo de negocio, que dejan de lado la forma tradicional de realizar los negocios. La idea general es que aquellas personas que subutilizan sus bienes los pongan a disposición de forma ocasional para explotarlos, sacar una renta –ganancia-.
Ahora, la problemática a nivel mundial ha radicado en si debe existir una regularización o no de este tipo de negocios, lo cual ha desatado en polémicas. Normalmente la regulación está motivada por el interés público, protección a turistas, seguridad pública, evasión fiscal, condiciones de competencia equitativas, protección de la salud pública y seguridad alimentaria, entre otros.
Para entrar a regular es necesario entender el modelo de negocio en que se basan las empresas que utilizan la economía colaborativa. La Comisión Europea a medidos del año pasado emitió una comunicación que denominó “Una Agenda Europea para la economía colaborativa”, en la cual evidencia los parámetros a tomar en cuenta en el caso que los países de la Unión Europea decidan generar reglamentaciones. Lo cual no debe hacerse a la ligera. La función de normar no es algo sencillo, requiere tener la capacidad de poder ver todo el panorama y dejar el espacio para poder resolver aquellas situaciones no previstas.
Una mala regulación puede llegar a desincentivar el emprendimiento y la innovación, lo que sería contraproducente dada cuenta la situación económica del país. Sería necesario tomar en cuenta la responsabilidad del prestador de servicio y el intermediario, replantear la protección del consumidor y usuario –pues se debe identificar quién es la parte débil, ya que hay un modelo C2C-, condiciones de prestación del servicio –diferenciación entre el prestador ocasional y profesional (comerciante) de los servicios-, implicaciones en el derecho laboral, la fiscalidad y las barreras de ingreso –autorizaciones administrativas, que debieran de ser sencillas e indefinidas, como norma general-.
De optarse por una regulación, ésta debería de cumplir con ser sencilla, transparente y flexible, lo cual aumentaría la competitividad. Lo cual implica, generar condiciones para un aumento de productividad, facilitar el ingreso de nuevas empresas, crear más espacios de trabajo –por cuenta propia, principalmente-, promover la eficiencia en la explotación de recursos y respecto del consumidor, una reducción de precios y tener un abanico mayor para seleccionar el producto o servicio.
Reitero, no soy partidario de que se regule la economía colaborativa. Sin embargo, si se opta por hacerlo, hay que hacerlo bien, de lo contrario puede hacer más mal que bien.