Columnas

La aplicación de la ley requiere de sentido común y valores cívicos

Hay casos que en nuestro país lloran sangre, porque desvelan  una cultura de la búsqueda de aplicar la ley por cumplir un cometido político,  de poder,  de conveniencia personal,  y de cualquier otra intención que diferente a la finalidad fundamental  de la misma,  con sentido común  buscar el bienestar de nuestro país y de sus habitantes.

Dos casos  son ejemplos suficientes para  patentizar la patética  parodia  que se ha  convertido la aplicación de la ley en nuestro país. El primer caso de ejemplo es la humillación pública y pena infamante,  contraria a todo derecho humano básico,   a la que fue sometida una emprendedora mujer  que tuvo que pedir una disculpa pública ante la amenaza de seguir acciónes por una supuesta discriminación en la escogencia del nombre de una tienda  que promovia  el uso de telas típicas de nuestro país. La baladí excusa utilizada por el funcionario público  a cargo de la aplicación de la ley,  la CODISRA era y sigue siendo que la utilización del nombre presupone una intención racista.  La aplicación de la ley debe de tener y buscar una razonabilidad,  que escapa de cualquier argumento en el presente caso.   Para llevar el caso al extremo,  Si yo deseo ponerle  de nombre  a una tienda un nombre de mujer,  podrían los hombres decir que se les está discriminando por razón de sexo, porque no les invita a entrar o a comprar.  Este argumento evidencia una total y soberana ausencia de sentido común haría calificar un alegato de racismo o de discriminación en una soberana sandez. Esto es porque la ley  requiere de un elemento esencial que es el que le provee de equidad y de justicia, que esta sea razonable y aplicada con buen juicio, con sentido común.  No cabe duda que el caso de Maria Chula,  es un caso de falta de sentido común en la aplicación de la ley que da lugar a un resultado  calificado  como injusto y un desmán de autoridad mal ejercida.

El segundo caso ejemplificativo  es  las malogradas modificaciones a la ley de contrataciones del Estado.Para cualquier ciudadano  que trate de navegar por la aplicación de una ley de contrataciones que parece una camisa de fuerza y no un instrumento de transparencia, es indispensable que los ciudadanos y las autoridades con sentido común  tratemos de encontrar una solución para un problema,  que es la falta de sentido común para regular  la contratación pública.  Parece mentira que treinta años después,  no nos hayamos dado cuenta que nuestro principal problema  es  los elementos de pago de la obra pulica.  El pago debe darse a)  al mejor postor,  b)  al que construya con mejor calidad,  c)  al que cumpla d)  en tiempo,  y e)  no debe de someterse al arbitrio de la misma persona que contrato la obra para decidir el que  el como y el cuando del pago. Lamentablemente hoy por hoy la ley de contrataciones, con las reformas introducidas en 2015,  no logran ninguno de estos cometidos. La lógica,  el bienestar del país y nuestro sentido común demandan una reforma que logre estos cometidos. Esto permitirá una inversión pública  más eficiente y más rápida que logre el resultado final,  tener obra,  y bienes públicos que la población se merezca.

Necesitamos  funcionarios públicos comprometidos  con la razonabilidad,  con el sentido común,  con la lógica,  con el deber cívico y con la justicia,  funcionarios que no privilegien el poder,  el latrocinio y el beneficio personal en menoscabo de la función pública.   Necesitamos  sentido común.