Columnas

Impacto de la prisión preventiva a discusión

Los factores que influyen en el uso desnaturalizado de la prisión preventiva en Guatemala y los avances en las recomendaciones del “Estudio sobre la aplicación de la prisión Preventiva en Guatemala, un problema de Derechos Humanos” fueron discutidos el 22 de septiembre en un foro efectuado en la sede de la Procuraduría de los Derechos Humanos, en el cual tuve la oportunidad de participar como panelista, junto a Nidia Lissete Arévalo de Corzantes,  Directora General del Instituto de la Defensa Pública Penal, Rootman Pérez, Secretario de Política Criminal del Ministerio Público y Doctor Gustavo García, investigador de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales.

Este estudio constituye un aporte relevante al sistema judicial porque aborda de forma seria un tema muy sensible como lo es el uso desmedido de la prisión preventiva. El informe nos proporciona un panorama claro de la problemática que provoca la prisión preventiva en la persona privada de libertad, los motivos y consecuencias que estimulan el uso excesivo de la prisión preventiva en nuestro país, pero además es importante porque realiza una serie de recomendaciones para las instituciones que forman parte del sector justicia y deben de tomar decisiones sobre la prisión preventiva.

El informe fue elaborado por la Procuraduría de los Derechos Humanos y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Guatemala.

En lo atinente al foro se desarrolló con base a tres preguntas generadoras: 1. Los estándares internacionales afirman que la prisión preventiva debe ser la excepción y no una regla general; debe utilizarse como último recurso. Desde su experiencia profesional en las instituciones en las que laboran ¿A qué se debe el exceso en la aplicación de la medida de prisión preventiva en Guatemala? Considera usted que hay un exceso y por qué; 2) En virtud que atender la problemática en cuanto al abuso de la aplicación de la prisión preventiva, es una labor que debe abordarse de manera integral, coordinada y articulada por parte de las instituciones involucradas ¿Cuáles serían las acciones a implementar por parte de las instituciones que representan, para garantizar los derechos de las personas privadas de libertad preventivamente?; 3) ¿Qué medidas aplicarían para evitar el abuso de la medida de privación preventiva de la libertad?

De la intervención de los distintos panelistas, la Licenciada Claudia Maselli, Procuradora Adjunta II, presentó las conclusiones siguientes:

  1. Que el número actual de personas privadas de libertad mayor a las 23,000, ratifica el hacinamiento carcelario que supera la tasa de 300%.
  2. La importancia de trabajar en la percepción que existe sobre la prisión preventiva, que aunque haya avances importantes en el Ministerio Público, respecto a la nueva Política Criminal Democrática y la Política de Persecución Penal, para utilizar la prisión preventiva de forma excepcional y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que ratifica la excepcionalidad de la prisión preventiva; esta argumentación no se ve reflejada en los fallos judiciales actuales, incumpliéndose en muchos casos con los principios de proporcionalidad, racionalidad, plazo razonable y excepcionalidad.
  3. La necesidad de seguir con acciones de fortalecimiento y reforma del sistema penal y que hay acciones que pueden contribuir para que esa cifra varíe como lo es el control telemático, pero se deberá de tomar en cuenta otros medidas como la prisión preventiva extramural, domiciliaria, residencial, no únicamente dirigida a la prisión preventiva sino además para utilizarla en la pena punitiva.
  4. Hay reformas pendientes que podrían impactar en la disminución de la población reclusa en prisión preventiva, uno de ellas es derogar la limitación contenida en el Código Procesal Penal que establece que no en todos los casos se permite otorgar medidas sustitutivas, y seguir avanzando en otras reformas, por ejemplo en la implementación de la Ley de Aceptación de Cargos y reformas a la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.
  5. La necesidad de fortalecer la justicia civil, porque en esa rama del derecho tenemos una oportunidad muy valiosa para no penalizar todo conflicto, porque culturalmente se tiende a utilizar exclusivamente el derecho penal.
  6. La importancia de implementar procesos de capacitación y formación interinstitucional, para que de forma conjunta se capacite a los profesionales de cada Institución del sector justicia y a los profesionales litigantes para ir preparando esas futuras generaciones de profesionales para ejercer la función y profesión de forma responsable.

De manera general considero que es urgente seguir avanzando en las distintas recomendaciones que se realizaron en el informe para limitar al uso generalizado de la prisión preventiva en Guatemala porque el respeto a los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad ha sido un desafío para cada uno de los Estados, el uso racional de esta medida permitiría la reducción de la población carcelaria, lo que garantizaría preservar la dignidad humana de las personas que necesariamente deban estar en prisión preventiva, pudiéndosele brindar un trato humano y digno, al facilitarse el acceso a derechos fundamentales como la vida, la integridad física, la alimentación, la salud, entre otros.

Sin embargo, el avance de estas recomendaciones no se logrará si efectivamente no hay un incremento al presupuesto de las instituciones del sector justicia encargadas de ponerlas en vigencia.

TEXTO PARA COLUMNISTA

Mireya Batún Betancourt

Abogada, Notaria y Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, postgrado en Criminología, especialista en ejecución penal con estudios en Doctorados de Ciencias Penales y Derecho Constitucional Internacional.

Avatar de Mireya Batún Betancourt