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El Día Mundial de la Alimentación

El 16 de octubre de cada año se celebra el Día Mundial de la Alimentación para recordar el nacimiento de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura -FAO- en 1945. Organización que en apoyo a los gobiernos de los países delinea políticas en materia de seguridad alimentaria y agricultura, ampliando su radio de acción hacia las zonas rurales. Durante la celebración, más de 150 países en todo el mundo organizan eventos para amplificar la voz  en la lucha contra el hambre. El lema del día mundial de la alimentación 2017, es: “Invertir en seguridad alimentaria y desarrollo rural para cambiar el futuro de la Migración”.

Este lema viene como anillo al dedo con la Ley de Alimentación Escolar (Decreto 16-2017) del Congreso de la República, de reciente aprobación, que da vida orgánica a la alimentación escolar en Guatemala. Aunque debió haber sido aprobada y publicada en 2016, nunca es tarde.  El alcance e impacto nacional de esta ley, radica en el fortalecimiento de la vida nutricional del escolar de nivel pre-primaria y primaria de las escuelas públicas a nivel nacional basada en una alimentación saludable.

En esta Ley se fortalece la descentralización de la provisión alimentaria, por medio de la Organización de Padres de Familia -OPF-, cuya formación y organización está a cargo del Director del Centro Educativo; quien será responsable de la buena marcha del proceso. Las OPF actuarán como cuentadantes a lo largo del ciclo escolar y serán fiscalizadas por la Contraloría General de Cuentas; sin exclusión o perjuicio, de que también, tengan auditoría social por parte de la comunidad.

Igual de importante, el presupuesto ha sido aumentado de Q 1.11  otorgado actualmente por alumno por día  a  Q 3.00 por alumno por día para 2018 y Q 4.00 para el año 2019. Artículos 33 y 46. Pudiendo ser reevaluado este monto cada dos años por parte de la Comisión Interinstitucional de Alimentación Escolar, conforme al artículo 31. Un valor agregado en esta Ley es el requerimiento que el 50 por ciento del recurso financiero de cada centro educativo, sea destinado para compras locales; lo cual, moverá la economía de agricultura familiar, siempre que haya disponibilidad de parte de los productores locales; pudiendo ampliarse el monto conforme la dinámica de la oferta y la demanda. Artículo 15.  En el caso de los productores que no cuentan con facturas, la SAT con asesoría del Maga podrá conocer los listados de productores acreditados en el Programa de Agricultura Familiar para su pronta integración en el sistema y queden registrados como contribuyentes. Artículo 16. Algo que no deberá faltar es el fortalecimiento al Sistema Nacional de Extensión Rural -SNER- para facilitar el fomento de la agricultura familiar y la promoción y ampliación de la cadena de comercialización mediante organización a grupos de productores.

Un tercer factor, que hace interesante la Ley de Alimentación Escolar (Decreto 16-2017) es el hecho de contemplar la creación de un Programa de Alimentación Escolar basado en una dieta adecuada y saludable (artículos 6, 10 y título III) asignándole una fuerte carga de pertinencia cultural, social, étnica y biológica; de equidad de género y de no discriminación. Además, sus preceptos están inspirados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos adoptada en Asamblea General de las Naciones Unidas en París – 1948, enarbolando el derecho a la alimentación como un Derecho Humano.

El reconocimiento de esta ley; unido a la celebración del Día Mundial de la Alimentación, es una gran oportunidad  para el  Organismo Ejecutivo de impulsar su liderazgo y contribuir en el cumplimiento del compromiso del discurso inaugural de enero 2016, de reducir la desnutrición en Guatemala; y aún más…, el liderazgo se hace necesario, si se toma en cuenta el precario panorama nutricional en términos de prevalencia de la inseguridad alimentaria en  los Hogares Guatemaltecos (leve + moderada + severa) presentando una ocurrencia no menor al  75 por ciento de los casos (según la FAO, OPS y la OMS – 2016).

En el campo de la malnutrición; en Guatemala, el 32.4 por ciento  de niños menores de 5 años comprueban deficiencia de micronutrientes en una clara prevalencia de anemia  conocida como Hambre Oculta.  Mientras que con desnutrición crónica se encuentra el  46.5 por ciento en el mismo grupo etario de menores de 5 años. (Encuesta ENSMI 2014-2015). Finalmente, el 39 por ciento de los niños desnutridos crónicos son hijos de madres con sobrepeso y obesidad. Conocida como la doble cara de la malnutrición.  Respecto a la Subalimentación, según SOFI = Estado Mundial de la Inseguridad Alimentaria; 2015;  en Guatemala, hay 2.5 millones de subalimentados; es decir, el 15.6 por ciento de la población se encuentra en la incapacidad de consumir alimentos para satisfacer las necesidades de energía alimentaria. Comúnmente conocida como Hambre.

Pero no todo está perdido, el fortalecimiento del liderazgo queda facilitado en el contenido de los artículos 31 y 32 de la presente Ley de Alimentación Escolar;  mismos que norman la integración, a nivel nacional, de la Comisión Interinstitucional de Alimentación Escolar con representantes  de Ministerios y Secretarías de Gobierno; esto pone en manos del Presidente el menú servido para gobernar, transparentar y desarrollar La Alimentación Escolar en territorio nacional. Recíprocamente,  los miembros de la Comisión deberán enviar sus informes  a la Presidencia de la República de Guatemala; como también, rendirán informe a las Comisiones de Educación, Ciencia y Tecnología; Seguridad Alimentaria; Agricultura, Ganadería y Pesca;  y a Finanzas Públicas y Moneda. Comisiones del Congreso de Guatemala.

Por tanto, el Organismo Ejecutivo cuenta  estadísticamente hablando con  todos los grados de libertad en sus manos para el abordaje de la Política de Alimentación Escolar a nivel Nacional; ya que de conformidad con el artículo 20, se prevé crear el Sistema Nacional de Información y Evaluación de Alimentación Escolar; a cargo del ministerio de Educación, como ente rector. El cual, constituirá una herramienta de monitoreo de la información para evaluar el estado nutricional de la población;  y con ello, avanzar hacia una mejora del indicador específico que monitorea el nivel nutricional de la niñez guatemalteca; procurando reducir la desnutrición en  porcentajes cercanos a los ofrecidos en enero – 2016.

Declaración Universal de los Derechos Humanos
Fuente: https://es.wikipedia.org/wiki/Declaraci%C3%B3n_Universal_de_los_Derechos_Humanos.
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