Columnas

La propiedad intelectual en el mundo de la tecnología

El día de ayer se estaba conmemorando el Día Mundial de la Propiedad Intelectual. La propiedad intelectual ha constituido el mecanismo legal mediante el cual los Estados han protegido los esfuerzos creadores del hombre y los mecanismos para divulgar esas creaciones. En ese esfuerzo global, en el año 1967, se firme el Convenio de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), que entra en vigencia en 1970. Esta agencia intergubernamental ahora forma parte de la Organización Naciones Unidas, como organismo especializado.

Entre las creaciones y actividades que están reconocidas como parte de la propiedad intelectual por parte de esta Convenio y las actividades protegidas se encuentran: las obras literarias, artísticas y científicas, las interpretaciones y ejecuciones de los artistas, los fonogramas, las emisiones de radiodifusión, las invenciones en todos los campos de la actividad humana, los descubrimientos científicos, los dibujos y modelos industriales, las marcas de fábrica, de comercio y de servicio, los nombres y denominaciones comerciales, y la protección de la competencia desleal.

Guatemala cuenta con instrumentos legales para la protección de la propiedad intelectual, tales como la Ley de propiedad industrial, Decreto 57-2000 del Congreso de la República, que regula lo relativo a los signos distintivos (marcas, nombres comerciales y señales de publicidad) y las invenciones, modelos de utilidad y diseños industriales; y la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, Decreto 33-98 del Congreso de la República, que protege lo relativo a las obras audiovisuales, los programas de ordenador y bases de datos, obas plásticas y musicales, los artículos periodísticos, así como los intérpretes, ejecutores, fonogramas y los organismos de radiodifusión. Además, se han aprobado algunos de los más importantes tratados internacionales en la materia.

En el mundo de la tecnología en el que vivimos, la protección de la propiedad intelectual ha tomado mucha más relevancia. El papel que tiene en la innovación y el desarrollo de nuevos productos es mucho más palpable y ha dejado de ser abstracto como se podía percibir algunos años atrás.

De acuerdo con la OMPI existen diversas formas de innovación, “La innovación tecnológica se puede clasificar en función de distintos elementos: innovación en los productos frente a innovación en los procesos; innovación radical (básica o fundamental) frente a innovación incremental (mejora de un producto); e innovación rupturista frente a innovación continuista (secuencial y/o complementaria). Otros tipos importantes de innovaciones (no tecnológicas) que no se derivan de la I+D [Innovación + Desarrollo] en el ámbito científico o tecnológico pero que a menudo son fundamentales para comercializar de manera provechosa los productos y servicios resultantes de la inversión en I+D son los siguientes: la innovación en mercadotecnia, la innovación institucional, y la innovación complementaria.”

Una eficaz protección de la propiedad intelectual brinda seguridad jurídica, promueve el desarrollo económico y la cultura. Es por ello la importancia que en Guatemala se hagan todos los esfuerzos necesarios por asegurarla, para tal efecto es necesario que la normativa se vaya adaptando a las mejores prácticas internacionales.