Sobre el “Secreto Diplomático”
Lo expuso muy bien José Lion de Petre (1893-1976), diplomático español, director que fue del “Instituto Diplomático-Consular de Guatemala” de 1949 a 1952, quien al tratar del “secreto diplomático” dijo: “Si la actividad del agente [diplomático] ha de ajustarse a las instrucciones recibidas, esta actividad debe ser secreta, porque el secreto, como dijo Richelieu, es el alma de los negocios. En los asuntos diplomáticos, el secreto interesa las relaciones de Estado a Estado, y es a la vez un secreto colectivo y un secreto profesional. Es un secreto colectivo porque participan en él varias personas: jefes de Estado, Ministros, diplomáticos, y es profesional como inherente a la función diplomática. Como dice el diplomático francés René Dollot: “el secreto diplomático es un secreto de Estado internacional.”
“Por poca responsabilidad que se haya tenido en los intereses de sus país en el extranjero –dice el Embajador francés Jules Cambón— puede uno darse cuenta de que el día en que no hubiese secreto en las negociaciones, no existirían esas negociaciones…” “El negociador, sigue diciendo, tiene que ser discreto. Es para él una estrecha obligación. Debe serlo por respeto a su Gobierno, lo mismo que por respeto y cortesía hacia el gobierno con el cual negocia. Una negociación es una conversación, y ninguno de los interlocutores es dueño de publicar cualquier fase de ella sin faltarle gravemente al otro. Ofrecer a la curiosidad pública los titubeos, los regateos, las vueltas y revueltas de los adversarios equivaldría a cortar los puentes tras de ambos y supondría exponerse con seguridad al fracaso de la negociación. Miles de razones y motivos, como el amor propio, los intereses particulares, los prejuicios tradicionales, las pasiones de los partidos, pesan sobre el espíritu de los negociadores, y estos obstáculos sólo pueden ser vencidos en el mayor silencio, fuera de los críticos de un público siempre apasionado y satírico.”
El príncipe Bismark, que no cabe duda tenía bastante experiencia en estos menesteres, decía con la libertad de lenguaje en él acostumbrada: “Cuando se va a comprar un caballo, no se pregona por doquier el precio más alto que se está dispuesto a dar, y si lo que se quiere es venderlo, tampoco se iría contando el último precio en que se dejaría. En las negociones diplomáticas, hay que emplear los mismos procedimientos, y actuar con una prudencia elemental. (Citado por Genet, Traité de Diplomatie).
Nos parece innecesario justificar el secreto diplomático. Diremos de él lo que dijimos del empleo de la mentira en las negociaciones diplomáticas: Es un hecho indudable que existe, y que no tiene trazas de desaparecer. Sería pueril e ilusorio pretender extirparlo. La Sociedad de Naciones lo intentó, haciendo que obligatorio el registro de todos los tratados concluidos entre las Naciones miembros de la misma […]. Las actuales Naciones Unidas repiten lo propio, en su artículo 102 […].
Vemos que se ratifica en el anterior artículo la ingenuidad de dar por no obligatorios los tratados no registrados, ingenuidad que era además antijurídica, pues lo que constituye la fuerza de un pacto, lo mismo entre naciones que entre individuos, es el consentimiento y no el registro o no registro administrativo. Pero hemos visto ya que no han cumplido las naciones miembros con ese precepto, pues si el bien por el hecho de ser secretos no se puede demostrar su existencia, hay fuertes presunciones de que se han firmado varios pactos secretos entre las llamadas Grandes Potencias. Hoy más que nunca, por el contrario, parece florecer este sistema de secretos entre Estados, y escasos alcances tendría el que no lo viese, por poco interés que ponga en seguir la política internacional. Dejemos bien sentado, pues, que hoy por hoy el secreto diplomático es necesario y constituye una de las primeras obligaciones del agente negociador.” (Derecho Diplomático, México, 1952, págs. 69-70).