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Estafa telefónica

#Poptun

Una proveedora de servicios de telefonía en nuestro país lesiona a diario el bolsillo de miles de usuarios porque les obliga a cancelar una factura con costos inflados.

Los cobros aumentan substancialmente el monto del servicio contratado, debido al requerimiento de suscripciones, entre otras, a clubes de juegos, quinielas o familiares que se activan de forma automática y misteriosa, solo con revisar los mensajes publicitarios de números desconocidos.

No obstante que la cobranza anómala repercute en la economía de miles de consumidores, dicha irregularidad queda impune, con el adherido que podría ser una elaborada estafa o blanqueo de capitales camuflado.

Al reclamar, responden que no se hacen cargo de gestionar reembolso porque la aplicación no es de la empresa y que solo operan como medio de cobro y pago. Tampoco proporcionan datos de la empresa que aparentemente presta el servicio.  La presente acción se agrava en el sentido que el cliente nunca recibe el servicio por el cual paga.

Se desconoce realmente cuántas personas son afectadas con este fraude silencioso, pero podrían ser miles.  Con un pequeño sondeo entre sus usuarios, en lugares de trabajo, con familiares y amigos o se visitan diversas sedes de la empresa, se encuentran un sinnúmero de clientes molestos por la misma situación y tratando de requerir un reembolso, el que se niega.

La irregularidad también se extiende a otra modalidad: aplicar cobros adicionales por “redes sociales ilimitadas” o aumento de la velocidad de descarga y carga de internet; cobros que se aplican sin la autorización del consumidor o sin obtener el servicio, alterando y no ajustándose a las condiciones que se formalizaron al firmar el plan o renovarlo.

El libro de quejas de la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco), contiene muchos reclamos de los usuarios en este aspecto, y lo mismo pueda suceder en el Ministerio Público. Es urgente que ambas instituciones unifiquen las quejas y denuncias para atenderlas de forma colectiva y brindar el seguimiento que merecen, para que esos hechos no queden impunes y constituyan el crimen perfecto.

Junto a estos cobros, hay otra ilegalidad: La empresa hace uso anómalo e indebido de los datos personales porque sin la autorización de sus clientes, suministra los números telefónicos, a otros negocios para que remitan publicidad, como suscripciones a esos clubes que sin brindar un servicio cobran altas sumas.

Un plan telefónico se adquiere para uso personal, y comunicarse con quienes voluntariamente se desea, pero no se autoriza a la compañía a vender los datos a extraños, menos para recibir publicidad que solo con visualizarla generará cargos y afectará el bolsillo.

El suministro ilegal de datos personales por empresas surge porque lamentablemente los guatemaltecos no tenemos un marco legal que sea claro, sólido y se amplíe a la iniciativa privada para frenar estos excesos.  No tenemos la opción de denunciar de forma eficaz un abuso de esta naturaleza que ejerce un comercio privado, ni hay un recurso sencillo para exigir la protección de nuestros datos, como un habeas data.

La Ley de Acceso a la Información Pública solo regula la facilidad de requerir o exigir la protección de esa información en poder de la administración pública y entes e instituciones que manejan recursos del Estado. La Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad tampoco establece como garantía el hábeas data, como en otros países, siendo un proceso sencillo para “acceder a los documentos, bancos de datos e informes que sobre sí mismo, o sobre sus bienes consten en entidades públicas o privadas, así como conocer el uso que se haga de ellos y su propósito”.

La información personal tiene un gran valor social, económico y comercial, y por eso se ha convertido en un negocio exitoso para muchas empresas, que, al poseer enormes bases de datos con información de sus clientes, incluso le dan un valor similar o superior a venderlos, por encima de la comercialización de su propio producto. Sin embargo, si los datos personales son utilizados con fines no autorizados, e incluso ilegales, se vulnera la privacidad de las personas y otros derechos, entre ellos, el de imagen y el honor.

La salvaguarda de la esfera de privacidad de las personas es un asunto concerniente a todos para preservar nuestros derechos, por ello exijamos al Congreso que impulse una ley que abarque a las empresas privadas y conceda un avance significativo hacia el control del tratamiento efectuado por terceros sobre la información personal, y que cualquier exceso fije una infracción y brinde la oportunidad de demandar por el daño causado, puesto que solo así se garantizará efectivamente el fin constitucional.

TEXTO PARA COLUMNISTA

Mireya Batún Betancourt

Abogada, Notaria y Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, postgrado en Criminología, especialista en ejecución penal con estudios en Doctorados de Ciencias Penales y Derecho Constitucional Internacional.

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