Problemas que hacen inviable la candidatura de Thelma
Barataria
Escuché no solamente una vez, sino muchas veces hablar a la Licenciada Telma Aldana en entrevistas radiales y expresar con mucha certeza: “no tengo aspiraciones políticas”, “nunca he pensado correr por la carrera a la Presidencia de Guatemala”. De igual manera le escuché en algunas ocasiones decir: “el antejuicio es instrumento de impunidad”, “lo mejor que puede hacer es someterse al sistema de justicia”, “debe comparecer a los tribunales y limpiar su nombre”. En fin podría mencionar muchas otras declaraciones y cabe aclarar que en realidad no tengo nada en contra de la Ex – Fiscal General de la República ni sus aspiraciones políticas pues, en realidad todo guatemalteco tiene derecho a elegir y ser electo.
Sin embargo, en el caso particular de la Licenciada Telma Aldana existen elementos que deberían de analizarse a la luz del sistema político y del sistema jurídico. Porque aquí en Guatemala, la política se judicializa y la justicia se politiza. Es un maridaje perverso que ha permeado al país y que ha provocado que hayan dos eventos electorales; primero en las cortes el sistema judicial, en donde se descalifica a los candidatos impidiéndoles su participación y luego, los candidatos que logran inscribirse van a las elecciones generales. En ese vaivén, unos candidatos, literalmente tienen “fe” a la Corte Suprema de Justicia y otros candidatos, casi aseguran que competirán poniendo su “fe” en la Corte de Constitucionalidad.
Al analizar la candidatura, frustrada hasta el momento, de la Licenciada Thelma Aldana se pueden observar algunos errores cometidos, quizá por consejo de sus asesores. Errores como su tardía elección de partido político (que por cierto es de ideología contraria a la que la señora Aldana siempre proclamo), un partido político muy nuevo y por lo mismo cayendo en aquel viejo adagio que reza “En política la inocencia es pecado capital”, y ello aunado a consejos sobre cómo llevar a cabo el proceso de inscripción, qué hacer con las crisis existentes y como preservar el rol político y jurídico sin que uno interfiriera con el otro y aquí consideraría que esta lo más grave.
Básicamente, son dos los problemas legales que hace inviable la candidatura de la Licenciada Thelma Aldana:
El primer problema legal, se relaciona con el documento denominado “Constancia Transitoria de Constancia de Inexistencia de Reclamación de Cargos” coloquialmente llamado “Finiquito” y que se le extiende a los funcionarios que hayan administrado fondos públicos, tal constancia tiene una vigencia de seis meses, sin embargo PIERDE SU EFECTO o EFICACIA si, con posteridad a la fecha de emisión se descubriese que existió responsabilidad administrativa, civil y/o penal en el ejercicio de su función pública. Es decir que la citada constancia no exime de responsabilidad a la funcionaria Thelma Aldana y el 12 de Diciembre de 2018, se presentó una denuncia por parte de la Contraloría General de Cuentas de la Nación sobre un hallazgo encontrado por la contratación de una consultoría con el señor José Carlos Marroquín lo que hace ineficaz la Constancia Transitoria de Inexistencia de Reclamación de Cargos presentada en el expediente de inscripción, porque así lo establece la Ley de Probidad y su Reglamento. Considero que en el presente caso, más que presentar un amparo contra la denuncia de la Contraloría General de Cuentas, la Licenciada Thelma Aldana debió apersonarse al expediente para desvanecer los cargos, ello no significaría ninguna condena pública y además de ello podría haber manifestado su voluntad de someterse de alguna manera a la Justicia. El consejo de sus asesores, provocaron esta maraña legal, puesto que aun con un amparo interpuesto para que no se continúe con la denuncia presentada, esto no le vuelve a dar eficacia, ni le devuelve su efecto al Finiquito (así llamada la Constancia Transitoria) y se hace inviable la candidatura por falta de cumplimiento de requisitos. Bien es cierto que ella presentó una Constancia Transitoria, pero al aparecer este hallazgo, posterior a la fecha de su emisión, hace ineficaz el mismo e inviable la candidatura por lo que este problema legal al día de hoy no se ha resuelto y solamente se insiste en que se cumplió con presentarla, sin embargo el Tribunal Supremo Electoral no puede obviar el informe de la Contraloría General de Cuentas, que indica que ese documento no tiene efecto alguno.
El segundo problema legal, es la orden de captura girada en su contra por el Juez Víctor Cruz, siendo que el caso está bajo reserva, únicamente se sabe que deviene de una contratación aparentemente anómala del Licenciado Gustavo Bonilla, Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de San Carlos. Erróneamente, la Licenciada Thelma Aldana, prefirió quedarse en el Salvador, en lugar de comparecer ante el Tribunal y Juez que ordenó su captura; cayendo en la figura de “prófuga de la justicia”. Aunque en principio, pareciera una buena medida esperar a que se le inscribiera como candidata y gozando de inmunidad volver al país, no resultó ser un buen consejo de su equipo de asesores, puesto que siempre y cuando la orden de captura no se revocara, ella seguiría siendo una “prófuga de la justicia” y esto provocaría lógicamente que se le considerara con falta de idoneidad para ser candidata a la Presidencia. Ahora bien, si la Licenciada Aldana hubiera comparecido ante el Juez que dictó la orden de captura, por los delitos que se le endilgan bien hubiere procurado una medida sustitutiva y la idoneidad para participar caía de su peso por la presunción constitucional de inocencia, no siendo juzgada no dejaba en entredicho tal situación. En otras palabras su situación de prófuga de la justicia, por existir una orden de captura en su contra, (legitima o no es difícil juzgarlo), le provoca ser una persona con falta de idoneidad para ser electa Presidenta de la República.
Las dos situaciones mencionadas anteriormente hacen inviable la candidatura de la Licenciada Thelma Aldana para ser inscrita como candidata a la presidencia de la República. Pueda que ella y su partido político Movimiento Semilla, se quejen del sistema judicial, de que hay un pacto de corruptos tratando de impedir su candidatura o que todo el sistema judicial de la noche a la mañana fue cooptado por fuerzas oscuras, igual argumentaron otros en su momento. Sin embargo considero que es lo mismo que alega la Licenciada Zury Ríos, con los reveses que le ha dado el mismo Tribunal Supremo Electoral al abandonar su papel de árbitro imparcial y apelar el amparo definitivo que logró, poniendo en riesgo nuevamente su candidatura. O de la misma forma, la Licenciada Sandra Torres, puede exponer que hay fuerzas oscuras que quieren impedir su candidatura a la Presidencia de la República, encabezadas por el Ministerio Público y la CICIG, que tienen una lucha frontal y “a todo pulmón”, por promover que la solicitud de Antejuicio que una vez fue declarada sin lugar por la Corte Suprema de Justicia, ahora ser la Corte de Constitucionalidad quien “revise lo actuado” y corrija la plana al a Corte Suprema de Justicia, creando una segunda instancia para los casos de Antejuicio.
De tal manera que las tres candidaturas de Telma Aldana, Zury Ríos y Sandra Torres, tendrán su propia pelea judicial que al final de cuentas deberán culminar con la siniestra Corte de Constitucionalidad, acostumbrada a jugar un rol político, más que jurídico, resolviendo con autoridad absolutista las cuestiones jurídicas con criterios políticos a conveniencia. Curiosamente las tres candidatas que, en la encuesta que Fundación Libertad y Desarrollo publicó como las que ocupan los primeros tres lugares de intención de voto, son las que tienen en riesgo sus candidaturas en manos de Ilustres Magistrados, que esperamos que esta vez sean menos políticos y más juristas; porque al paso que vamos, es muy probable que las fuerzas oscuras que tanto daño le hacen al país, estén planeando darnos otra sorpresa dirigiendo los votos a uno de los muchos otros candidatos que queden en la contienda… como decía el Quijote: “Cosas veredes, amigo Sancho, que harán hablar hasta las piedras”.
