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!Despertad, por Dios, despertad!

Teorema

La noche del 18 al 19 de abril, de 1775, Paul Revere cabalgó hacia el interior de Charlestown para advertir a las milicias en Lexington y Concord que las tropas británicas venían de Boston. El cuadro, propiedad de Alamy, fue tomado de Google y se refiere a ese recorrido.

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En nuestra Guatemala de hoy, lamentablemente, no hay un Ejército a quien acudir. Estamos solos e inermes, al enfrentar los peligros que nos acechan. Lo único que podemos hacer es mantenernos informados.

En este documento ofrezco a los lectores las partes que considero más relevantes del Acuerdo firmado entre EUA y Guatemala. Después los comentaré. Anexo al mismo encontrará una copia íntegra del Acuerdo.

Primer considerando: Guatemala reconoce el derecho de toda persona a emigrar o inmigrar, por lo que cualquier migrante puede entrar, permanecer, transitar, salir y retornar a su territorio nacional. …se debe dar abrigo y cuidado temporal a las personas que deseen ingresar de manera legal al territorio nacional;

Segundo Considerando: Guatemala es parte de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, del cual los Estados Unidos también son parte. …cualquier migrante puede entrar, permanecer, transitar, salir…

Guatemala y Estados Unidos se manifiestan decididos a mantener el estatuto de refugio o de protección temporal equivalente, como medida esencial en la protección de los refugiados o asilados, y al mismo tiempo deseando impedir el fraude en el proceso de solicitud de refugio o asilo, acción que socava su legítimo propósito; y decididos a fortalecer la integridad del proceso oficial para solicitar el estatuto de refugio o asilo, así como el respaldo público a dicho proceso;

ARTICULO 2 El Acuerdo no aplica a los solicitantes de protección que son ciudadanos o nacionales de Guatemala; o quienes, residen habitualmente en Guatemala.

ARTICULO 3 Guatemala no retornará ni expulsará a solicitantes de protección trasladados a Guatemala por EUA.

ARTÍCULO 6

6.3. Los Estados Unidos prevén cooperar para fortalecer las capacidades institucionales de Guatemala.

6.5. Las Partes prevén completar un plan de implementación inicial, que incorporará gradualmente, y abordará, entre otros:
a) los procedimientos necesarios para llevar a cabo el traslado de personas conforme al presente Acuerdo;
b) la cantidad o número de personas a ser trasladadas; y
c) las necesidades de capacidad institucional.

ARTICULO 8

8.1 El presente Acuerdo tendrá una vigencia de dos (2) anos y podrá renovarse antes de su vencimiento a través de un canje de notas.

8.2. Cualquier Parte podrá dar por terminado el presente Acuerdo por medio de una notificación por escrito a la otra Parte con tres ( 3 ) meses de antelación.

8.5. Ninguna disposición del presente Acuerdo deberá interpretarse de manera que obligue a las Partes a erogar o comprometer fondos.

Fin del resumen e inicio de mis comentarios:

El acuerdo es, necesariamente, resultado de una larga negociación entre ambos gobiernos. Hay que comprender la modesta preparación de Guatemala para un acto así. En comparación, la experiencia de Estados Unidos en estas lides es formidable.

Esa sola razón era suficiente para que nuestro gobierno se prohibiera hacerlo a escondidas. Debió ser totalmente abierto y exhibir las múltiples presiones que hubo de enfrentar. Al final, la prensa norteamericana desnudó el Acuerdo firmado por Guatemala.

Nos enteramos mediante una publicación de The New Yorker, misma que tradujimos y dimos a conocer de inmediato a quienes nos leen.

Un tratado de tanta trascendencia debe ser sometido, no solo al Congreso sino también a Consulta popular ya que compromete el futuro nacional, tanto o más que como lo hizo el que dio lugar a la CICIG.

El Gobierno asegura que no se trata de convertirnos en un Tercer país seguro. Pero también dice que no existe tal concepto, excepto como una referencia popular a lo pactado entre EUA y Canadá. De ser así, el tratado firmado la semana pasada es lo más próximo a tal referencia.

El segundo Considerando recuerda que en 1951 Guatemala participó en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados en Ginebra y que en 1967 firmó su protocolo en Nueva York, contrayendo las obligaciones pertinentes. ¿Por qué traer a colación esos compromisos si no se iba a recurrir a ellos?

Lo peor lo más ignominioso es que no se trata de un acuerdo sino de una imposición. Media la triple amenaza de Trump de gravar nuestras exportaciones a EUA, castigar las remesas allí originadas y prohibir el ingreso de guatemaltecos a EUA. Si alguien se acerca a usted con un revólver y le pide su celular a cambio de no disparar, eso no es un acuerdo.

El artículo 8.5 establece que ninguna de las partes se ve obligada a aportar fondos para el cumplimiento del Acuerdo. Habrá que interpretar que Estados Unidos no queda obligado a aportar tales fondos. Por otra parte, el primer Considerando nos recuerda que debemos dar cuidado y abrigo a las personas que vengan.

No es necesario ser abogado para comprender que la parte válida de un acuerdo o contrato es la parte escrita en él. Lo que se haya ofrecido verbalmente, no forma parte del compromiso. Se queda en el aire. En el texto no figura ningún compromiso que beneficie o resarza a Guatemala. Trump habló de visas de trabajo agrícola temporal para los guatemaltecos pero no dijo cuántas ni cuándo. Peor aún el acuerdo ni siquiera las menciona.

El gobierno asegura que el tratado se refiere exclusivamente a migrantes procedentes del Salvador Honduras y Nicaragua. Pero el Acuerdo, en su segundo Considerando, nos recuerda que cualquier migrante puede entrar, permanecer, transitar o salir de nuestro territorio. El término “cualquier”, significa originarios de Sudamérica, el Caribe, África, Irán, Siria, el sudeste asiático, cualquier nacionalidad. En su segunda parte, ese mismo considerando se refiere a las necesidades de EUA, que no son las nuestras.

El señor Trump nos ha ofendido gravemente y no se ha disculpado. Nada hay que nos permita esperar que lo haga.

TEXTO PARA COLUMNISTA

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José Fernando García Molina

Guatemalteco, 67 años, casado, dos hijos, ingeniero, economista.Tiene una licenciatura en ingeniería eléctrica de la Universidad de San Carlos, una licenciatura en ingeniería industrial de la Universidad Rafael Landívar –URL–, una maestría en economía en la Universidad Francisco Marroquín –UFM–-, estudios de especialización en ingeniería pentaconta en la ITTLS de España.

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