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Otro golpe a la institucionalidad

Kidon

El viernes de la semana pasada, la Corte de Constitucionalidad en total violación a los postulados constitucionales y legales, resolvió otorgar un amparo provisional a tres ciudadanos electos como diputados, sobre quienes pesan sindicaciones de malversación de fondos del Estado, durante el tiempo que ejercieron un cargo público, y por ello, no cuentan con la constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargos.

Me refiero a la doctora Lucrecia Hernández Mack, al auditor Carlos Mencos y al licenciado Diego González, quienes carecen de este requisito indispensable para ejercer la función pública, de conformidad a lo que establece nuestro ordenamiento jurídico, al exigir idoneidad, capacidad y honradez.

De acuerdo con las críticas anticorrupción y de transparencia a que tanto alarde hicieron los integrantes del partido político Movimiento Semilla, solo queda un vago recuerdo, pues, basta con recordar que su candidata presidencial se encuentra prófuga de la justicia por actos de corrupción, para entender el motivo por el cual además una de sus diputadas carece de la solvencia estatal para tomar posesión del cargo.

Al final, la constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargos, no es más que la solvencia temporal y no perpetua, que emite el Estado, para hacer constar que un funcionario que manejó fondos públicos a la fecha de la extensión, carece de alguna acción administrativa o judicial entablada en su contra, y que la misma está sujeta a perder su eficacia jurídica, si en el futuro, es decir con posterioridad a su entrega, se presenta alguna acción administrativa o judicial en contra del titular de ese finiquito.

Cito como ejemplo el caso de una persona que obtiene el día de hoy lunes trece de enero del dos mil veinte, sus antecedentes policíacos, por una validez presunta de seis meses para iniciar el tramite de renovación de su licencia de portación de arma de fuego, esa constancia policial perdería su vigencia en el tiempo, si el portador de la misma, es capturado y fichado por la PNC, un mes después que la obtuvo, cuando ingresa a la DIGECAM, debido a una orden de aprehensión tramitada en su contra en un proceso de investigación iniciado en el año dos mil quince, de donde al obtener su libertad por alguna medida sustitutiva, quedaría con antecedentes policiacos hasta que resuelva su situación jurídica, lo cual, le imposibilitaría hacer valer la constancia de carencia de antecedentes para obtener la renovación de su licencia, argumentando su validez de seis meses.

Por ello, esa resolución provisional emitida por la Corte de Constitucionalidad a través  de un amparo presentado en forma conjunta entre el partido UNE, la diputada de la bancada Movimiento Semilla y otro del partido Vamos, es ilegítima, pues, además de tergiversar las normas de probidad que son de aplicación general y obligatoria, abre la posibilidad para que cualquier persona con graves señalamientos de corrupción en el manejo del erario público, sea premiado con una curul, en vez de pagar por su crimen.  

Me admira sobre manera como el abogado encargado de defender los intereses del Estado, es decir el Procurador General de la Nación, Jorge Luis Donado Vivar, ante una nueva arbitrariedad cometida por la Corte de Constitucionalidad, quede inerte, omiso en su actuar, como un simple espectador, lo cual no tiene otra explicación más que posiblemente le llegaron al precio.

Ahora bien, no todo está perdido, por fortuna el Congreso de la República en uso de sus atribuciones legales como órgano soberano de representación popular, tiene la obligación de cumplir y hacer que se cumpla la Constitución y la ley, y en ese sentido el Presidente de la Junta Directiva de ese organismo, deberá primero, impugnar la resolución emitida por la Corte de Constitucionalidad para tratar de revertirla. Segundo, denunciar a los Magistrados que otorgaron ese amparo ilegal, para que les sea removido el antejuicio. Y, tercero, mantener la posición, de la misma forma en que la Comisión de la Verdad lo hizo, e instruir a los tres diputados reelectos más antiguos para que en cumplimiento de ley, se abstengan de juramentar y por ende dar posesión a estos tres ciudadanos, hasta que no resuelvan su situación legal, pues, en caso contario, es decir que se den por vencidos, permitan o consientan otra ilegalidad más por parte de la CC, serán solidariamente responsables de violar la Constitución, así como de someter al pueblo al gobierno de corruptos.

“Sin valentía, todas las demás virtudes pierden su significado”. Winston Churchill.

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Raúl Falla

Abogado y notario

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