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Ley de simplificación de trámites

Evolución

El martes de esta semana, diputados de la bancada Humanista presentaron al Congreso de la República una iniciativa de ley para la “simplificación de trámites administrativos”. La tramitología en Guatemala ha sido históricamente un obstáculo al desarrollo y a la vez un verdadero reflejo del subdesarrollo mental de una burocracia esclerótica. Más allá de las circunstancias de la actual crisis, cuya solución amerita que por todos los medios posibles se dinamice la economía, es importante un cambio de visión, de mentalidad, de paradigmas que le den un auténtico impulso hacia la modernidad y la eficiencia a la administración pública. Esta iniciativa de ley constituye un esfuerzo loable en ese sentido.

La principal y quizá única desventaja de esta iniciativa de ley es su limitado alcance. La propuesta de dotar de certeza y celeridad vía la eliminación de requisitos arcaicos e innecesarios se limita a entidades dentro del Organismo Ejecutivo. Quedan excluidos de su ámbito de aplicación, lastimosamente, entidades descentralizadas y autónomas tales como las Municipalidades, la Superintendencia de Administración Tributaria, el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, el Registro Nacional de las Personas, entre las más relevantes y dentro de las cuales el ciudadano común necesita más alivio. El Congreso de la República podría perfectamente bien, cumpliendo los requisitos constitucionales, reformar las leyes orgánicas de instituciones autónomas o descentralizadas o el código municipal por ejemplo, e implementar los mismos principios, si bien es comprensible que dicha tarea amerite un ejercicio legislativo separado. En cuanto a su aplicación e integración al régimen jurídico existente, habrá que corregir y conciliar algunos aspectos técnicos,  pero, en general, los postulados son bastante novedosos y sobre todo sensatos.

Dentro de los principios rectores de esta iniciativa resaltan los siguientes. Incentivar el uso de medios electrónicos para acelerar los trámites. Simplificar y consolidar los procedimientos. Generar intercomunicación en diversas dependencias para mejorar la gestión administrativa. Y algo sumamente valioso e importante, demandar que la administración pública obre bajo la presunción que los usuarios y solicitantes actúan de buena fe, como en la inmensa mayoría de los casos sucede, y no bajo la retorcida lógica que hasta la fecha ha venido imperando de que el ciudadano debe ganarse el beneplácito del burócrata para que éste le conceda el permiso, en lugar de reconocer que el ciudadano actúa y opera por Derecho y no bajo licencia o autorización discrecional de alguna “autoridad”. Es inconcebible que en pleno siglo veintiuno sigamos con esos vestigios propios de regímenes monárquicos. También es de resaltar que la iniciativa impone una visión de simplicidad, en el sentido que todo trámite debe ser sencillo y de fácil entendimiento, bajo dos premisas muy valiosas que disponen que en caso de duda las normas se interpretarán a favor del usuario y que los derechos de los usuarios prevalecen sobre aspectos de forma; a diferencia de la retorcida lógica predominante en la cual el derecho de los ciudadanos se sacrifica sistemáticamente frente al formalismo injustificado y excesivo. También se evita la discrecionalidad de los servidores públicos en el sentido que no podrán solicitar requisitos que no existan en ley o reglamento alguno, puesto que notoriamente suelen inventárselos. Diría que faltó agregar a la iniciativa el precepto que el silencio administrativo opere de forma positiva, en lugar de negativa como sucede actualmente. Esto básicamente significaría que si el funcionario no resuelve dentro del tiempo estipulado en la ley, la petición se tendrá por resuelta favorablemente para el ciudadano. Estos principios se desarrollan y amplían en detalle de una forma lógica y consistente en el capítulo de la ley relativo a las normas comunes en materia de trámites administrativos.

Un último punto por resaltar es que es evidente que esta iniciativa se planteó con una visión de largo plazo, algo poco característico en nuestra clase política. La ley sienta las bases y principios generales para mejorar la eficiencia de la administración pública, modernizar los procedimientos sobre todo con el empleo de medios digitales y facilitar las gestiones al ciudadano común en muchos ámbitos, a la vez que prevé plazos razonables para su entrada en vigencia, adecuación de la administración pública y su eventual implementación. Nos quedará como reto pendiente la desregulación de fondo que tanto se requiere para muchas de las intromisiones del estado en las actividades económicas, pero por el momento esta iniciativa representaría un verdadero avance en la dirección correcta y esperamos que el Congreso la apruebe sin demora.

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Ley de simplificación de trámites 3

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Alejandro Baldizón

Abogado y Notario, catedrático universitario y analista en las áreas de economía, política y derecho.

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