De nuevo la CC
Kidon
“Desde el punto de vista jurídico, resulta una ofensa leer la citada resolución y el comunicado que pretende explicarla”
La semana pasada, la Corte de Constitucionalidad nos sorprendió con la sentencia de amparo en única instancia que emitió, por virtud de la cual, violentando las garantías procesales de diferentes aspirantes a las magistraturas del país, así como limitando el poder de designación que le corresponde al Congreso de la República, pretende llevar a las altas cortes a funcionarios públicos con cuentas pendientes con la justicia, afines a la izquierda radical y organizaciones de pseudo activistas y falsos defensores de derechos humanos.
El motivo, terminar de cooptar el raquítico sistema de administración de justicia del país, para utilizar cada juzgado, sala y tribunal como herramienta de persecución política e ideológica que les permita encarcelar, callar y extinguir los bienes de cualquier ciudadano que represente un peligro para sus mezquinos intereses.
Desde el punto de vista jurídico, resulta una ofensa leer la citada resolución y el comunicado que pretende explicarla, pues, desde el punto de vista legal, una persona individual no puede ser afectada en su honorabilidad para optar a un empleo o cargo público, por simples rumores, presunciones o investigaciones en tramite, ya qué para ello, es necesario que exista una sentencia condenatoria firme, según las reglas del debido proceso y presunción de inocencia.
La resolución cuestionada pretende, además, que el Ministerio Público inicie investigaciones en contra de diferentes personas y funcionarios públicos, por hechos que no son constitutivos de delito, así como darles publicidad, con lo cual, no solo se vulnera el principio nullum proceso sine lege, tutelado en la Constitución, sino que, además, la confidencialidad de las actuaciones de investigación.
Violenta también, la prerrogativa del derecho de antejuicio que gozan ciertos candidatos por el cargo que ostentan, al validar investigaciones ilegales practicadas por la Fiscalía Especial Contra la Impunidad, hecho qué en cualquier país del orbe, obligarían a destituir y encarcelar al jefe de dicha fiscalía, por el delito de infracción de privilegios y violación a la Constitución.
En un claro abuso de autoridad, la citada Corte coacciona a un poder soberano por representación popular, para llevar a cabo la designación de los magistrados de viva voz, mecanismo distinto al consagrado en el artículo 215 de la Constitución y su propia Ley Orgánica.
Hasta el colmo de llegar a sugerir al Congreso de la República, iniciar el proceso de reforma constitucional, obviando que las reformas relacionadas con las garantías individuales y procesales necesitan la conformación de una Asamblea Nacional Constituyente, mientras que otras como la representación soberana de los tres organismos del Estado, son pétreas, es decir que no puede ser reformadas bajo ningún punto de vista.
Resulta indignante el silencio cómplice que guardan las Comisiones de Postulación, ante el evidente fallo ilegal emitido por la Corte de Constitucionalidad, que de un plumazo borra todo el esfuerzo llevado a cabo por los comisionados para designar las listas de aspirantes a las magistraturas del país y más aun, que no tengan tan siquiera la solvencia moral y los arrestos suficientes para dar la cara y salir en defensa del trabajo realizado.
Por ello, los diputados al Congreso de la República no tienen otro camino más, que llevar a cabo la designación de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y salas de apelaciones, con valor cívico, de manera libre y espontánea, sin presión alguna, basando su actuar conforme a los parámetros que establece la Constitución y la ley, pues, en caso contrario, es decir que se plieguen a los designios infames de la Corte de Constitucionalidad, serán solidariamente responsables de la debacle del sistema judicial del país, que muy seguramente empezará procesándolos y encarcelándolos.

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