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La ignorancia de un presidente

Petardo

El pueblo de Guatemala una vez más, se da cuenta de la forma abusiva que el presidente desea gobernar.

El estado de sitio representa un concepto equivalente al de estado de guerra, y por ello se dan a las fuerzas armadas facultades preponderantes para los actos de represión.  Durante el estado de sitio quedan en suspenso las garantías constitucionales, con mayor razón el Congreso de Guatemala lo ratifica. El estado de sitio suspende las garantías constitucionales como la libertad de tránsito y la portación de armas de fuego, conlleva también un toque de queda nocturno y restringe el derecho a manifestarse y efectuar grandes concentraciones o menor extensión, según las leyes. El Estado de Sitio en Guatemala es la cuarta de las situaciones especiales contempladas en la Ley de Orden Público, que se aplica en caso de que esté en peligro la estabilidad de las instituciones sociales y estatales y, por ende, la existencia de la Constitución Política de Guatemala misma. Tiene por objetivo el de restaurar el pleno ejercicio de la Constitución, tanto en su parte orgánica como en los derechos y garantías, pero no el de alterar el sistema constitucional (Sáenz, s.f.).

El Organismo Ejecutivo puede decretar el Estado de Sitio con motivo de actividades terroristas, sediciosas o de rebelión que pretendan cambiar por medios violentos las instituciones públicas, cuando hechos graves pongan en peligro el orden constitucional o la seguridad del Estado, o se registren o tuvieran indicios fundados de que ocurrirán actos de sabotaje, incendios, secuestro, asesinato, ataques armados contra particulares y autoridades u otras formas de delincuencia terrorista o subversiva (Diccionario Municipal de Guatemala, 2009).

Durante el Estado de Sitio, el presidente de la República de Guatemala ejercerá el gobierno, en su calidad de Comandante General del Ejército, a través del Ministerio de la Defensa Nacional, pudiendo tomar la autoridad militar y medidas como la intervención o disolución de cualquier organización, entidad, asociación o agrupación, tengan o no personalidad jurídica y ordenar la detención o confinamiento de uno o más habitantes, sin necesidad de mandamiento judicial. Todo ello de acuerdo al Artículo 16 de la Ley de Orden Público (Diccionario Municipal de Guatemala, 2009).

El estado de sitio que el presidente de Guatemala quiso imponer en los municipios de Izabal y alta Verapaz, que lo quiso imponer autoritariamente, no fue aprobado en sesión extraordinaria del congreso de la república, la cual fue levantada por falta de quórum y el decreto del presidente, quedo si efecto. Con la explicación antes dada, el pueblo de Guatemala una vez más, se da cuenta de la forma abusiva que el presidente desea gobernar. El estado de sitio se considera como una medida excepcional, extraordinaria, cuya declaración compete a los poderes políticos del gobierno ejecutar, en circunstancias de extremas gravedad, para el orden público, la seguridad común y la paz interior.

Desde hace muchos años debido a la incompetencia de algunos presidentes de la república de Guatemala, han existido diferencias en los diferentes grupos sociales, a existido el tráfico de armas indebidamente, influencias de grupos políticos, que han creado zozobra dentro de la población guatemalteca para poder gobernar el país. Por fortuna, una buena cantidad de la población guatemalteca ya tiene conciencia de lo que es la democracia, la cual se inició inmediatamente después de la firma de tratado de paz y tubo como fundamento, la constitución de la república de Guatemala de 1985.

La democracia moderna va ligada necesariamente a la idea de igualdad de las personas. Una democracia deshonesta solo se distingue cuando no hay distinciones de clases fundada en ley, sin privilegios para pocos y sin barreras para los muchos. Se necesita que todas las personas, sea cual sea su religión y raza, que tenga la misma oportunidad de acceder a cargos públicos y elegir a sus representantes. En otras palabras, la Constitución Política de la República de Guatemala señala claramente, cuales son las funciones del organismo legislativo, el judicial y el ejecutivo, así como señala también las obligaciones del ejercito y dicta normas claras para poder gobernar honrada, clara, honesta, política y justa, a las partes antes mencionadas. El pueblo ya vio que el actual presidente de Guatemala, solamente se está preocupando de la pandemia del COVID-19, de la distribución de alimentos con el dinero que aportan todos los guatemaltecos. Es momento que el actual presidente lea nuestra constitución y aprenda a gobernar el país.

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Leonel Guerra Saravia

Médico y cirujano con maestrías de ciencias sociales, política, relaciones internacionales y filosofía.

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