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¿Responsabilidad civil y penal por la propagación del Covid-19?

Análisis

La Organización Mundial de la Salud, (World Health Organization, WHO), presentó los resultados de una larga investigación sobre los posibles orígenes y causales de la pandemia del Covid-19.

La WHO, ha citado previamente la secuenciación genética que mostró que el coronavirus había comenzado en murciélagos y probablemente saltó a otro animal antes de infectar a los humanos.

Se informó que muchas de las personas que habían enfermado con el nuevo virus en Wuhan, China Continental, una ciudad con una población de aproximadamente 11 millones, tenían vínculos con el mercado de mariscos de Huanan.

Los científicos inicialmente sospecharon que el virus provenía de animales salvajes vendidos en el mercado de mariscos, lo que llevó a China Contintental, a restringir rápidamente el acceso público al mercado a principios del año pasado.

Desde entonces, los CDC (Center for Disease Control and Prevention; Centro de Control y Prevención de las Enfermedades) de China Continental, han dicho que las muestras tomadas del mercado de mariscos sugieren que era un lugar donde se propagó el virus, no donde surgió el brote.

Estadísticas de la pandemia. Según las estadísticas más actuales, más de 110 millones de personas han contraído el coronavirus en todo el mundo, 62 millones de personas se han recuperado luego de su contagio, mientras que al menos a 2.48 millones de personas han sido reportadas muertas por la pandemia, según datos compilados por la Universidad Johns Hopkins. Estados Unidos, con mucho, ha reportado el mayor número de casos y muertes confirmados por Covid-19, con más de 27.9 millones de infecciones reportadas y 490 mil muertes. Guatemala, en cambio, ha reportado 169 mil casos, y arriba de 6,164 muertes.

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Posibles orígenes de la pandemia. La actual pandemia de Covid-19 es causada por un coronavirus llamado SARS-CoV-2. Los coronavirus (CoV) son una gran familia de virus, varios de los cuales causan enfermedades respiratorias en los seres humanos, desde el resfriado común hasta enfermedades más raras y graves como el síndrome respiratorio agudo severo (SARS) y el síndrome respiratorio de Oriente Medio (MERS). ambos tienen altas tasas de mortalidad y se detectaron por primera vez en 2003 y 2012, respectivamente. Los CoV se dividen en cuatro géneros: alfa-, beta-, gamma- y delta-CoV. Todos los CoV que actualmente se sabe que causan enfermedades en humanos pertenecen al alfa- o beta-CoV. Muchos de estos CoV también pueden infectar a varias especies animales. Gatos de algalia infectados con SARS-CoV y humanos infectados en 2002 y MERS-CoV se encuentra en dromedarios y humanos infectados en 2012. Un virus que se transmite regularmente de un animal a un humano se llama virus zoonótico. Cuando un virus pasa de los animales a los humanos por primera vez, se denomina evento de propagación.

Según los analistas del WHO, en esta etapa, no es posible determinar con precisión cómo los seres humanos en China Continental, se infectaron inicialmente con SARS-CoV-2. Sin embargo, toda la evidencia disponible sugiere que el SARS-CoV-2 tiene un origen animal natural y no es un virus manipulado o construido. El virus SARS-CoV-2 probablemente tenga su reservorio ecológico en los murciélagos. El SARS-CoV, el virus que causó el brote de SARS en 2003 y probablemente también tenía su reservorio ecológico en los murciélagos, saltó de un reservorio animal (gatos de algalia, un animal salvaje de granja) a los humanos y luego se propagó entre humanos. De manera similar, se piensa que el SARS-CoV-2 saltó la barrera de las especies e inicialmente infectó a humanos de otro huésped animal. Dado que generalmente existe un contacto cercano muy limitado entre humanos y murciélagos, es más probable que la transmisión del SARS-CoV-2 a los humanos se haya producido a través de un huésped intermedio, que es otra especie animal con más probabilidades de ser manipulada por humanos. Este animal huésped intermedio podría ser un animal doméstico, un animal salvaje o un animal salvaje domesticado y, hasta el momento, no ha sido identificado.

Estatutos de enfermedades transmisibles. Mientras que en Guatemala, los empleados públicos y funcionarios públicos no cumplen con sus obligaciones y funciones, en Estados Unidos, los precedentes y casos legales generan posturas y posibles rutas críticas para orientar responsabilidades civiles y penales que surgen de la propagación del Covid-19.

Mientras existe en la ley vigente de Guatemala, responsabilidades penales y civiles respecto a la propagación de enfermedades contagiosas, poco o nada hace el Ministerio Público y la Procuraduría General de la Nación, Procuraduría de Derechos Humanos, u otras entidades locales, para disminuir la impunidad respecto a la pandemia.

Algunos estados, en Estados Unidos, ya tienen estatutos sobre enfermedades transmisibles (contagiosas) en sus leyes vigentes. La mayoría de los estados aprobaron estas leyes en los primeros años de la epidemia del VIH. Las leyes de enfermedades transmisibles generalmente requieren que los acusados:

  • Tener conocimiento de que tiene una enfermedad
  • Tiene la intención específica (deseo consciente) de transmitir la enfermedad, y
  • Participar en conductas que presenten un riesgo sustancial de transmisión de la enfermedad.

Las sanciones por violar las leyes de enfermedades transmisibles varían significativamente de un estado a otro, en Estados Unidos. La mayoría de los estados clasifican el delito como un delito menor.

Los críticos de las leyes de enfermedades transmisibles argumentan que castigar a las personas que transmiten el coronavirus podría tener impactos negativos en la salud pública. Primero, poner bajo custodia a personas con el coronavirus socava los esfuerzos para detener la propagación del virus en cárceles y prisiones, donde el distanciamiento físico es imposible. En segundo lugar, las leyes sobre enfermedades transmisibles (como las leyes sobre el VIH) pueden hacer que las personas estén menos dispuestas a hacerse la prueba y revelar su estado porque temen la persecución penal y la posible discriminación.

Leyes penales generales en Estados Unidos. Las fuerzas del orden y los fiscales también están utilizando las leyes estatales y federales generales para enjuiciar a las personas que propagan intencionalmente o amenazan con propagar el coronavirus.

Terrorismo y amenazas terroristas. A nivel federal, el Departamento de Justicia (DOJ) anunció formalmente que el coronavirus parece cumplir con la definición legal de “agente biológico” y que las personas que propaguen intencionalmente el virus podrían ser procesadas por terrorismo. Por ejemplo, un supremacista blanco infectado que usa una botella de spray para esparcir fluidos corporales infecciosos en las sinagogas puede ser procesado bajo las leyes federales contra el terrorismo.

Los fiscales estatales, en Estados Unidos, ya han presentado cargos de amenaza terrorista contra personas que deliberadamente tosen, escupen o tocan a otras personas mientras afirman estar infectadas con el coronavirus. En los casos de amenazas terroristas, los fiscales no tienen que probar que el acusado realmente transmitió el coronavirus a la víctima. Los fiscales solo deben probar que el acusado hizo una amenaza clara, inmediata e incondicional de transmitir el virus.

Cargos por Lesiones. Los cargos por “toser por coronavirus” también pueden incluir asalto y agresión. Por lo general, un asalto es un acto intencional que hace que otra persona tema daño corporal. Una agresión requiere que el acusado toque directa o indirectamente a la víctima de una manera ofensiva.

Por ejemplo, una persona que escupa en la cara a un oficial de policía mientras grita «corona virus o covid» puede ser acusada de agresión a un oficial de policía. La mayoría de los estados clasifican las agresiones y las agresiones como simples o agravadas, según la gravedad del daño causado por el acusado. Muchos estados castigan los delitos con mayor severidad durante las emergencias declaradas.

Peligro o propagación infantil. Cada vez más, los fiscales, en Estados Unidos, están lanzando el libro a las personas que violan las órdenes de emergencia por distanciamiento social. Por ejemplo, una mujer que insiste en organizar una fiesta de cumpleaños violando una orden de quedarse en casa puede ser acusada de violar la orden ejecutiva y un cargo de poner en peligro a un niño por cada niño en la fiesta. Las demandas requieren que un demandante demuestre tanto daño como negligencia, que una entidad no protegió a alguien de un evento razonablemente previsible, según el criterio legal del estadounidense, Jim Burke, profesor emérito de la Facultad de Derecho de la Universidad de Maine.

Demostrar dónde alguien contrajo el virus es fundamental para ganar una demanda, y eso era difícil incluso antes del último brote del virus, dijo Burke. “A medida que la extensión de la comunidad se amplía, será más difícil probar la causalidad”, dijo. El plazo de prescripción para tales reclamos por negligencia generalmente es de dos a tres años, en Estados Unidos.

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Pablo García Coutiño

Pablo García Coutiño es director de Música Independiente América Latina, también de la Agencia de Noticias de Guatemala, Notigua, y es analista de economía, tecnología y leyes. Twitter: @pdgarciac correo electrónico: [email protected]

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