Mynor Moto: Goza de la prerrogativa de antejuicio (I parte)

La Constitución Política de la República, regula que los jueces y magistrados del Organismo Judicial, gozan del derecho de antejuicio, lo cual no es más, que la prerrogativa que se otorga por razón del cargo que se ejerce, para no ser investigados o procesados sin que previamente la Corte Suprema de Justicia declare que ha lugar a formación de causa.