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Conozcamos al Congreso

Políticamente Incorrecta

El Decreto Gubernativo causante del circo del fin de semana pasado sentó un pésimo precedente para Guatemala.  Quedó en evidencia el desconocimiento que tenemos sobre el Congreso de la República, así que antes de hablar del Decreto, creo pertinente entender un poco al Organismo Legislativo.

El Congreso es uno de los tres Organismos de la República (los otros dos son el Ejecutivo y el Judicial). Su función es reformar la Constitución, hacer las leyes y ejercer el control político sobre el gobierno y la administración, y servir de contrapeso a los otros dos Organismos del Estado para que ninguno de los tres abuse de su poder. Eso es lo que se conoce como sistema de pesos y contra pesos. Se fundamenta en su Ley Orgánica y la Constitución Política de la República.

El Legislativo se conforma por 160 diputados que representan a los 22 departamentos del país. Se dividen en 52 de la UNE (ahora divididos en 2 grandes facciones dirigidas por los mega corruptos Orlando Blanco y Estuardo Vargas, esta última leal a Sandra Torres), 17 de Vamos, 12 de UCN, 9 de Valor, 8 de FCN (dividida en 2 grupos, uno de Javier Hernández y otro de Patricia Sandoval, 8 de Bien (que obedecen al mega corrupto de Alfonso Portillo). Siguen 7 de Semilla (incluyendo la curul que ilegalmente ocupa Lucrecia Hernández Mack por no tener finiquito. Luego 7 de Todos, 7 de Viva, 6 Humanistas, 6 de Creo, 4 de Winaq y 4 de Victoria. Prosperidad Ciudadana, Unionistas y URNG tienen 3, Pan 2, MLP y Podemos 1. Hay 2 independientes.

Se adjudica un diputado por cada 80 mil habitantes del Departamento y hay 32 escaños electos en el Listado Nacional. Sin duda, demasiados para un país tan pequeño como Guatemala. La ley les adjudica un sueldo de Q29,000.00 mensuales, además de otras prestaciones.

Tiene sesiones que llaman ordinarias de enero a mayo y de agosto a noviembre. Se reúnen a sesiones extraordinarias al ser convocados por la Comisión Permanente o si el Ejecutivo se los solicita. Tiene dos formas de aprobar una moción: Mayoría absoluta de 81 votos, o mayoría calificada de 107 votos (dos terceras partes del total de diputados).

Se necesitan 81 votos para: Temas relativos a tratados o convenios internacionales, reformas constitucionales ya analizadas por la Corte de Constitucionalidad, ley de urgencia nacional, veto presidencial, retiros de antejuicios, financiar al Ejecutivo ante catástrofes, crear o suprimir entidades gubernamentales, declarar incapaz al Presidente de la República, emitir voto de desconfianza a un funcionario, elegir Presidente si el democráticamente electo deja su cargo, aprobar ampliación presupuestaria, o para convocar a una Asamblea Nacional Constituyente.

Se necesitan 107 votos para: Elegir nuevos funcionarios del Estado como lo manda la Constitución, decretar-reformar o derogar leyes, realizar consultas a la Corte de Constitucionalidad, cuando deban votar en sesión extraordinaria y otros temas poco frecuentes.  Tiene 32 comisiones ordinarias, y puede formar comisiones extraordinarias para temas específicos.  El legislativo debe supervisar el gasto público y las acciones de los Ministros y demás dependencias estatales autónomas o estatales.

Según la Constitución, el Organismo Ejecutivo, el Organismo Judicial, el Tribunal Supremo Electoral o la Universidad de San Carlos de Guatemala pueden presentar iniciativas de ley, además de los Diputados. Debe ser analizado en la Comisión o puede ir directo al pleno para votación. Si es aprobado, se envía al Presidente de la República para su sanción y promulgación. Si el Presidente lo veta, el Congreso puede aprobarlo o no en ocho días. Sí el Presidente lo firma, se debe publicar en el Diario Oficial, momento en el que se convierte en ley.

El retiro del antejuicio es cuando se le quita inmunidad a un funcionario para que responda contra denuncias en su contra. El Congreso puede retirar el antejuicio a altos funcionarios del Ejecutivo, a los Magistrados del Organismo Judicial, al PDH, a la Fiscal General. El Organismo Judicial se lo puede retirar a los diputados.

En ninguna parte del ordenamiento jurídico dice que los diputados deben recibir pago o beneficio alguno por su voto. Los diputados pueden tener negocios propios, pero no pueden ejercer su profesión profesional o contratar como proveedor de bienes o servicios al Estado. Tienen prohibido contratar parientes, ocupar otros cargos en el Estado,

Urge un Congreso más pequeño, eficiente y claro en sus procedimientos. Votar por aprobar, luego improbar y hasta modificar una propuesta de ley o decreto es no sólo ridículo, sino ineficiente y contradictorio.  Que en el Parlamento inglés se insulten, en el japonés literalmente se agarren de los cabellos, no justifica que nuestro Congreso sea un circo.

En el caso del Decreto que daba vida al Estado de Calamidad, no debieron considerarlo en 3 días porque no era un proyecto de ley.  El Presidente de la República sin duda, debió de haber pensado que tenían los votos para aprobar esto.  Obvio, cayó en un engaño. El Presidente del Congreso falló en presentar a votación un decreto desgastante como este, sabiendo que no pasaría, y para rematarla, cometió errores graves.  Estar en el teléfono dio pie a la especulación de que estaba en negociación por votos, así estuviera hablando con su esposa. Cerrar la transmisión televisiva fue otro grave error que dio pie a que la izquierda saliera en caballo blanco.  La gente que no tiene criterio político, aplaudió producto de su frustración.  Y para rematarla, se subieron a Guatecompras temas que nada tienen que ver con temas de salud.  Errores, o abusos. Al haber sido improbado el Decreto Gubernativo, dichas compras son nulas. La Ley de Compras y Contrataciones tiene una jerarquía superior a un Decreto Gubernativo.

Y el ciudadano tiene la obligación de al menos tener una idea de cómo funcionan los organismos del Estado porque no se puede fiscalizar algo que no se conoce o entiende.

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Lea más de la autora:

Betty Marroquin

Licenciada en Relaciones Internacionales, especialista en el Congreso de los EEUU.

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