Del Humanismo al Transhumanismo
Soliloquios de José Franco
El Humanismo apareció en el siglo XIV con la llegada del Renacimiento y comenzó en Italia hasta que se fue transmitiendo a todos los países del mundo. Quizás podría considerarse la primera globalización de la que nos hemos nutrido hasta nuestros tiempos con las transformaciones que se han producido en siete siglos. Era el hombre el centro respecto a lo que todo giraba el hombre era un sujeto a Derecho, de ahí las libertades y los derechos. El hombre se encontraba en la categoría de Ser Humano al que se debía respetar por encima de todo y por el que había que luchar por su bienestar dentro de la estructura de la sociedad.
Ahora está agonizando y se está dando el paso hacía lo que es el Transhumanismo que tiene como objetivo final transformar la condición humana mediante el desarrollo y la utilización más amplia de todas las tecnologías disponibles y que puedan mejorar las capacidades humanas.
Creo que en ese punto estaremos casi todos de acuerdo y tal como está descrito no pienso que sea objeto de crítica, pero ¿se ha analizado en profundidad?
Ya no es la persona el centro sobre el que gira todo el mundo ya no es un “sujeto” de Derecho y da paso a convertirse en un “objeto” de derecho.
Ya se puede tratar la genética, que avanza a pasos agigantados y evitar enfermedades que de otra forma sería impensable. Eso es lo que a primera vista se ve, pero quizás la realidad que se esconde es otra muy diferente.
El sujeto del derecho: es todo ser capaz de conseguir derechos y contraer
obligaciones. Podría ser una persona personal o una persona colectiva (sociedad
o fundación).
El objeto del derecho: es eso sobre lo cual se exterioriza el diverso poder del
individuo, en otras palabras, es el contenido del derecho personal. Se debería
tener en cuenta sólo las cosas o cantidades de todo el mundo exterior: Los bienes
jurídicos y las ocupaciones u omisiones del
La diferencia estriba en que “Sujeto de Derecho” es todo ser (“alguien”, para entenderlo) capacitado para conseguir derechos y contraer obligaciones bien de forma individualizada como sería en el caso de una persona o de forma colectiva, como sería el caso de una sociedad.
“Objeto” de Derecho es “algo”, y recalco “algo sobre lo que se exterioriza el poder que establece el “Sujeto” de Derecho y por tanto es modificable o hasta anulable en el caso que no cumpla la función para la que fue establecido,
Eso supongo que es algo más, al menos, inquietante ¿No lo crees?
Es algo que puede tener demasiadas consecuencias la primera y más directa sería que toda amenaza al mismo sistema pueda ser eliminada para mantenerlo ¿Qué tal? Ya lo sé, ahora seguro que te vendrán a tu mente demasiados interrogantes e inquietudes.
Tenemos alternativas y nuestra capacidad de diálogo y compunción puede asegurarnos que esa transición aproveche lo mejor de las dos formas de expresión de la vida, pues si se logra controlar la programación que es necesaria para implantarla seguramente disfrutaremos de un mundo mucho más saludable pero para ello no olvidemos necesitamos “diálogo” y no “monólogos” como los que nos promueven los nuevos maestros de la educación (youtubers, etc) que quieren potenciar el valor del monólogo frente al verdadero diálogo que no sólo es vacuna, sino es la mejor medicina para conseguir un mundo mejor.
Es una oportunidad que no debemos desaprovechar si queremos evolucionar y progresar o involucionar nosotros decidiremos ¿Tú qué piensas?
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