Independencia Judicial
TEOREMA
Las redes sociales difundieron un fragmento de la entrevista televisada que el abogado y periodista Luis Enrique Cruz (Veneno Cruz) hizo recientemente a Conrado Reyes. La vi por WhatsApp varias veces con sumo interés. La conversación entre ellos fue amena, seria, informativa… El periodista Cruz es ampliamente conocido, debe tener más de 100 mil “seguidores”. El señor Reyes es un abogado prominente, doctor en Derecho; ha ocupado distintos cargos relevantes en instituciones de su especialidad. Ambos hablaron sobre la situación jurídica y política actual. Conrado Reyes es, en mi opinión, una de las voces más autorizadas para describir los procedimientos procesales en Guatemala. Expongo en este artículo lo que entendí del fondo de la entrevista. Confío no haber tergiversado algo de lo allí expuesto. Los textos son míos y también mía es la responsabilidad por ellos.
Desistimiento: ¿Puede Consuelo Porras, Fiscal General, suspender la investigación en curso como lo exige el señor Arévalo, con apoyo de la prensa nacional y extranjera, así como de varios embajadores y organizaciones internacionales, que han llegado a amenazar con bloquear a Guatemala si no sobresee el proceso de investigación penal que desarrolla actualmente?
No, no puede. Según Reyes, el Fiscal General nunca está a cargo de ninguna investigación en particular. Como máxima autoridad del Ministerio Público ―MP―, su función es coordinar, facilitar y apoyar a los fiscales que trabajan para alcanzar los fines de esa institución. Además, desarrolla tareas propiamente administrativas.
Cuando el MP da trámite a una denuncia, crea un expediente y designa a un fiscal para que desarrolle la investigación judicial. A partir de ese momento, la indagación es responsabilidad exclusiva del fiscal designado. Siendo así, ese fiscal debe actuar, dentro del marco legal, con absoluta independencia. Nadie, por ninguna razón, puede interferir en la pesquisa. Él es responsable ante el Jefe de la sección de que se trate (en este caso, de la FECI), pero ni siquiera su jefe inmediato superior, (en este proceso el señor Curruchiche), puede intervenir en la indagación.
La labor de Curruchiche es apoyar a su fiscal en lo que solicite. A su vez, con independencia parecida, Curruchiche, en su calidad de jefe de la FECI, responde ante la señora Porras, Fiscal General, pero no atiende órdenes expresas de ella sobre las pesquisas que la fiscalía a su cargo desarrolla. El Fiscal General provee apoyo institucional, tanto como las fiscalías lo requieran y los medios a su alcance lo permitan. De eso trata la Independencia Judicial, misma que en la actualidad las mencionadas, poderosas fuerzas externas, parecen querer socavar.
El escudriñamiento de la investigación precisa que el fiscal a cargo de la causa actúe con máxima diligencia. Cuando el jefe considera que no es así, le puede llamar la atención o levantar un acta que se adjuntará a su expediente, así como deducirle responsabilidades laborales. También puede ordenar el traslado del fiscal indolente a un cargo semejante en una sede departamental e incluso iniciar trámites para destituirlo. Pero este es un proceso largo, complejo, nunca antojadizo. En ese caso, el expediente pasa a otro fiscal quien habrá de concluir la investigación.
Cuando uno ignora –ese era mi caso— que hay tanta responsabilidad, independencia, disciplina… entonces puede cometer el grave error de creer que el Presidente de la República, la Fiscal General o el Jefe de la FECI, pueden ordenar, dentro de la ley, al fiscal a cargo que actúe de determinada manera o simplemente que cierre el caso. Pero no es así. El presidente Lula, quien fue juzgado y condenado en Brasil por los crímenes que cometió, e hizo declaraciones ignorando lo anterior ante los países representados en la ONU, hace pensar que podría haber otros intereses ocultos.
Las pruebas: ¿Qué procede si el fiscal a cargo del expediente que investiga la inscripción de Movimiento Semilla como partido político (institución de Derecho Público regulada por leyes específicas) no encuentra evidencia para sustentar la denuncia ante un juez?
El fiscal a cargo del caso puede pedir que se archive o desestime la causa y presentar sus motivos al Jefe de la FECI. Si esas razones son aceptadas por el señor Curruchiche, este lo pone en conocimiento de la señora Porras y se podría desestimar la causa.
Pero esa no es la situación en el proceso que involucra a Movimiento Semilla. El INACIF analizó las pruebas de manera científica y expresó de forma contundente, que hubo falsificación de firmas y que se usaron documentos de personas fallecidas para suplantar identidades en las planillas utilizadas al solicitar la inscripción de ese partido. No se trata, en absoluto, de un empeño insano del fiscal auxiliar o de malquerencia o capricho, como han mencionado algunos periodistas. Tampoco es por “enemistad” entre el señor Curruchiche y el señor Arévalo. Lo que se tiene es un proceso con evidencia científica que acredita la existencia de delitos sujetos a penalidad judicial.
¿Cuál es la salida? Dentro de Derecho, sólo cabe que el Partido Semilla asuma su responsabilidad. Los listados internos del partido identifican a las personas que estuvieron a cargo de completarlos. Ellos son responsables directos por incluir a personas fallecidas, inexistentes o que nunca autorizaron ser inscritos. Dentro de Derecho los responsables deben presentarse voluntariamente ante un juez quien, con toda la presión nacional e internacional existente, posiblemente será benévolo en la sentencia que dicte. Esto podría favorecer que quienes tengan derecho de antejuicio ―si alguno― pudieran renunciar a ese derecho y presentarse ante el juez. Sólo así, el nuevo gobierno tendrá autoridad moral para acusar de corrupción a otros.
Mientras los funcionarios electos sigan utilizando a pobladores del interior para hacer manifestaciones y obstruir la circulación por las carreteras, mientras la prensa, a sabiendas o no, de estar faltando a la ética periodística, mientras otros gobiernos acudan a repetir frases como golpe de estado, intento de asesinato, bloqueo del proceso, atentado contra la democracia… se genera impunidad en nombre de la democracia, se violenta la independencia judicial, se erosionará el precario Estado de Derecho y se destruirá el concepto de República. Será un grave atentado contra la Constitución de la República.
Alternabilidad: El tema electoral se está desarrollando dentro de los plazos que manda la ley, como debiera ser. Conrado Reyes afirmó: “Bernardo Arévalo asumirá el poder el 14 de enero próximo, fecha prevista en la Constitución para que cambie el gobierno”. No existe un camino alterno dentro de la legalidad. Tampoco hay, fuera de la vicepresidente electa, una persona que en lugar suyo pueda asumir de manera legal. Entre toda la bulla y desinformación que hay, ese tema, que es toral, parece estar, inexplicablemente, en duda.
Hay que explicar a la población que la investigación, que ahora sigue su proceso, no se puede detener. Aunque a muchos no les guste, aunque los 48 cantones obstaculicen la libertad de locomoción, aunque la OEA no esté de acuerdo, aunque otros países se muestren ofuscados, aunque se amenace con imponer sanciones a Guatemala, la investigación debe proseguir y concluir presentando sus evidencias y conclusiones ante un juez. Continuarla es atribución y obligación del Ministerio Público. Si la llegara a suspender, estaría cometiendo un delito.
Estados Unidos, al tiempo que ignora la exigencia de sus ciudadanos para detener la investigación contra el señor Trump, se convierte en abanderado de todas las fuerzas que, en Guatemala, amenazantes, exigen que se detenga el trabajo de la FECI en el Ministerio Público. En el fondo, todas esas fuerzas terminan propugnando por otorgar impunidad a los acusados y con ello un mayor debilitamiento de nuestro sistema de legalidad. Nuestro imperfecto Estado de Derecho quedaría roto, destruido… habríamos retrocedido 40 años. Estaríamos a merced, aún mayor, de esos países que hoy se muestran como nuestros salvadores.
El 14 de enero vamos a tener un cambio de gobierno porque eso es lo que manda la Constitución y es imperativo obedecerla. Según Conrado Reyes, los expedientes y trámites procesales no se van a agotar pronto. Los trámites judiciales ante la fiscalía y ante los tribunales pueden llevar más de dos años. Hay que recordar ―informa Reyes―que un proceso penal en Guatemala llevado diligentemente, en promedio tarda de 3 a 4 años hasta alcanzar su última sentencia.

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