Ley de competencia en Guatemala
Zoon Politikón
Toda política económica tiene componentes que incluyen el sistema económico, el sistema político y el sistema jurídico. Estos tres sistemas están interrelacionados y juegan un papel fundamental en la configuración y el funcionamiento de una economía.
El sistema económico se refiere a la estructura y las reglas que rigen la producción, distribución y consumo de bienes y servicios en una sociedad. Puede haber diferentes tipos de sistemas económicos, como el capitalismo o el socialismo. En todos los casos son los que determinan cómo se asignan los recursos, se generan los ingresos y se toman las decisiones económicas.
El sistema político se refiere a la forma en que se ejerce el poder y se toman decisiones políticas en una sociedad. Puede variar desde democracias representativas hasta sistemas autoritarios, y tiene un impacto en la forma en que se establecen las políticas económicas, se promueve la competencia y se regulan las actividades empresariales.
El sistema jurídico proporciona el marco legal dentro del cual operan las empresas y las transacciones económicas. Incluye leyes, contratos y sistemas judiciales que definen los derechos y las responsabilidades de las partes involucradas en la actividad económica.
Estos tres componentes están interconectados y se influyen mutuamente. Por ejemplo, el sistema político puede influir para que la política económica promueva la libre empresa y la competencia, y el sistema jurídico puede hacer cumplir esa política. A su vez, el sistema económico puede influir en las decisiones políticas y en la forma en que se interpreta y aplica el sistema jurídico.
En este punto, es sencillo inferir que las muchas modificaciones al sistema jurídico, planteadas en la actualidad, tendrán un impacto directo tanto en el sistema económico, como en el sistema político; por lo que no es de extrañar el porqué del interés actual del ala progresista en el Congreso, de hacer cambios radicales en el fundamento legal del país.
Por otro lado, un proceso que ha captado la atención pública, la Iniciativa 5074, conocida como la «Ley de Competencia», ha avanzado en el Congreso, generando debates y expectativas sobre su impacto en la economía del país.
La propuesta fue presentada inicialmente el 11 de mayo de 2016 ante la Dirección Legislativa, marcando el inicio de un proceso que pretende cambios significativos en la regulación económica. Tras su presentación, el proyecto fue sometido al Pleno y remitido a la Comisión de Economía y Comercio Exterior para un análisis detallado.
Durante los años 2016 y 2017, la comisión emitió el primer dictamen, acompañado de 33 enmiendas. Finalmente, en 2018, se produjo el primer dictamen oficial de la comisión.
Sin embargo, el camino hacia la aprobación de la ley no estuvo exento de controversia. El 1 de marzo de 2018, el expediente fue devuelto a la comisión para una revisión del dictamen bajo moción privilegiada, otorgándose un plazo de 8 días a partir del 2 de marzo para la entrega del informe al pleno. El 22 de marzo de 2018, se entregó un nuevo dictamen a la Dirección Legislativa.
El debate sobre la Iniciativa 5074 llegó a un punto crítico el 24 de noviembre de 2021, cuando se solicitó un nuevo dictamen durante el segundo debate; sorprendentemente este nuevo dictamen estaba fechado el 16 de noviembre, lo que sugiere una preparación anticipada del mismo.
¿Cuál es el propósito de esta ley? Aparentemente, busca una desconcentración del mercado para reducir las presuntas injusticias del sistema actual. Esto implica evitar prácticas monopólicas que restrinjan la competencia de precios, que zonifiquen el mercado, que promuevan precios predatorios y que presuntamente obstaculicen las barreras de entrada y las medidas de calidad. Hasta este punto, todo parece estar en orden; sin embargo, existen más elementos que deben ser analizados y considerados.
Destaca la regulación sobre la concentración o fusión de agentes económicos, que requiere notificación previa a la Superintendencia de Competencia. Esta entidad luego evaluará las consecuencias de dicha concentración en términos de prácticas anticompetitivas. No obstante, hay una incongruencia, ya que no se requiere autorización expresa para llevar a cabo a cabo estas fusiones. A pesar de ello, los resultados de una concentración podrían considerarse ilegales, resultando en sanciones jurídicas. La normativa también menciona prácticas anticompetitivas relativas, que deben analizarse bajo la ‘regla de la razón’, aplicable a Agentes Económicos con posición de dominio en el mercado. ‘Regla de la razón’ es el principio legal que considera si una práctica tiene efectos anticompetitivos analizados bajo sus circunstancias y consecuencias. Por lo tanto, aparentemente, dicha normativa está diseñada únicamente para los Agentes Económicos que, de manera individual o conjunta, tengan una posición de dominio en el mercado.
Asimismo, la redacción de esta norma representa un riesgo para las transacciones comerciales. Esto se debe a que es común incluir disposiciones en los contratos de comercialización que podrían interpretarse como restrictivas por las autoridades competentes. Sin embargo, estas disposiciones son necesarias para fomentar la competencia y garantizar la supervivencia de los agentes económicos involucrados. Aparentemente, dicha normativa está diseñada únicamente para los Agentes Económicos que, de manera individual o conjunta, tengan una posición de dominio en el mercado.
El peligro está en que la autoridad competente puede interpretar de diferentes maneras la competencia y los efectos excluyentes, o decidir si las disposiciones contractuales son anticompetitivas.
En conclusión, en el intento por aprobar esta ley, se está llevando a cabo una adaptación directa de legislaciones de otros países sin ajustar los principios básicos.
Esta ley, de ser aprobada, introducirá un alto grado de arbitrariedad al determinar qué constituye una práctica monopolista, dejando esta decisión al criterio de un burócrata que no necesariamente gozará de independencia en su actuación.
Es evidente que el actual gobierno y muchos diputados, aprovechando su capital político actual, están respaldando esta ley, a diferencia de intentos anteriores que no lograron materializarse. Para los propósitos de esta ley, se establece un ente regulador de carácter burocrático, cuya falta de libertad de acción debido a su imposición por parte del poder político, cuestiona su efectividad y aplicabilidad.
Si bien, desde la perspectiva del libre mercado, la relación entre los monopolios u oligopolios y la competencia empresarial es compleja y puede variar según las circunstancias específicas; algunos argumentan que los altos márgenes de ganancia pueden fomentar la competencia, sin intervención estatal y sin barreras para competir.
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