Conocer bien el municipio (4 y final)
Tanmi Tnam
Las sociedades cada vez son más complejas. Los cambios políticos, económicos y culturales suceden de manera muy rápida, la población aumenta o disminuye, los servicios públicos en crisis, las zonas de desarrollo económico están concentradas en algunas regiones, la pobreza permanece, hay mucha emigración interna y externa, la juventud y las mujeres todavía con pocas oportunidades de desarrollo y los pueblos originarios sobreviven en la exclusión.
El artículo 224 de la Constitución Política de Guatemala establece que “El territorio de la República se divide para su administración en departamentos y éstos en municipios”. Tanto el departamento como el municipio están considerados como punto de interés para el desarrollo regional, departamental y local. El Estado de Guatemala reconoce que el desarrollo es posible con la participación de la población, de las instituciones y de los sectores existentes. Para orientar la participación para el desarrollo, está entre otros, el Decreto Legislativo No. 11-2002 Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, en cuyo artículo 1 dice que los consejos son el medio de participación en la planificación del desarrollo del país.
A nivel de municipio el espacio de participación es conocido como Consejo Municipal de Desarrollo COMUDE, cuyas funciones aparecen en el artículo 12 de la Ley de los Consejos de Desarrollo entre las que se encuentran promover la participación de las comunidades y sus organizaciones en la priorización de necesidades, promover la descentralización de la administración pública, promover programas para la niñez, la adolescencia, la juventud y la mujer; que los programas respondan a las necesidades del municipio, verificar el cumplimiento de los programas, reportar a las autoridades que correspondan el desempeño de los funcionarios públicos con responsabilidad en el municipio. En las comunidades locales, el espacio de participación está en el Consejo Comunitario de Desarrollo COCODE, según el artículo 14 de la mencionada Ley de los Consejos de Desarrollo. Entre algunas de sus funciones están el promover la participación de la comunidad y de sus organizaciones en la priorización de necesidades; promover la coordinación entre las autoridades comunitarias, evaluar la ejecución de los programas y proyectos de desarrollo, informar la ejecución de los recursos asignados a los programas y reportar a las autoridades que corresponden el desempeño de funcionarios públicos con responsabilidad en la comunidad.
En la práctica, algunos Consejos Comunitarios de Desarrollo COCODES, entran en conflicto con las autoridades comunitarias locales debido a que asumen responsabilidades que no les corresponden, por ejemplo, el caso de la administración de la justicia según la visión cultural local que corresponde a las autoridades comunitarias. También, llegó la práctica de la corrupción a través de algunos COCODES, se supone que por obtener proyectos para el desarrollo local entran en acuerdos que benefician al alcalde municipal y otros actores. En estos casos, es el vecindario en general que termina haciendo los aportes para hacer efectivo el pago sin dejar constancia de lo actuado.
La gestión de los COCODES y COMUDES no ha demostrado interés por la búsqueda de respuestas a las necesidades y problemas de la población local tomando en cuenta aspectos culturales y tampoco ha habido atención a sectores como la niñez, la juventud y las mujeres. La participación debe hacer el esfuerzo por demandar el diseño y ejecución de programas y proyectos para educación, salud y medio ambiente.

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