Corte de Constitucionalidad

OpiniónColumnas

Juramento de fidelidad a la Constitución

En Guatemala y países de América Latina, el compromiso a mantener, defender y cumplir la Constitución y observar las leyes para ejercer la función pública, es asumida como una superficialidad y un simple formalismo, pero no como un compromiso interno para cumplirlo.

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Nacionales

UNE acciona contra Giammattei

El presidente Alejandro Giammattei se pronunció respecto al proceso para designar a lo dos delegados del Ejecutivo. La bancada de

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Nacionales

Cinco competirán para sustituir a Bonerge Mejía en la CC

El Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG) elegirá un magistrado que ocupará plaza de Bonerge Mejía en la

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Mirilla indiscretaNacionales

Abriendo puertas con piocha

Arrollado por una aplanadora pesada y sin resistencias, el Estado Guatemalteco sucumbió, dejando un territorio y una población a la deriva víctima de pequeños feudos de caciques que en pocos meses tomaron el control y demostraron como el derecho sucumbe frente al poder cuando se renuncia al respeto de las leyes.

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Columnas

¿Hasta dónde hemos caído?

En las pasadas elecciones el Tribunal Supremo Electoral jugó un papel desastroso en donde en lugar de ser un árbitro se dedicó a descartar candidatos a la presidencia hasta llevar a los guatemaltecos a elegir, no entre la oferta electoral original sino entre los que ellos dejaron para elegir.

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Columnas

Urge una salida sensata a la crisis de justicia

Ante esta nueva acción que pretende que se repita el proceso nuevamente, es imprescindible que la Corte de Constitucionalidad aplique criterios prudentes y sensatos. Claro que los señalamientos recientes son graves y que es razonable pensar que hubo influencias e intercambio de favores políticos para que ciertos personajes llegaran a formar parte de los listados. Pero, si existe evidencia concreta de ello, podría, por ejemplo, sostenerse que se excluyan de los listados a los personajes individualizados y no botar todo el proceso.

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Mirilla indiscreta

La debilidad de la razón frente al poder

No obstante, se ha vuelto común en Guatemala, que la Corte de Constitucionalidad, viole la Constitución Política de la República, en abierto reto a la cordura institucional, que ha soportado la viciosa conducta abiertamente sediciosa, aún conscientes que cada uno de los actos que ha resuelto en contra de la ley, ha quebrantado el Estado de Derecho y el Régimen de legalidad.

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Columnas

Otro golpe a la institucionalidad

Esa resolución provisional emitida por la Corte de Constitucionalidad a través de un amparo presentado en forma conjunta entre el partido UNE, la diputada de la bancada Movimiento Semilla y otro del partido Vamos, es ilegítima, pues, además de tergiversar las normas de probidad que son de aplicación general y obligatoria, abre la posibilidad para que cualquier persona con graves señalamientos de corrupción en el manejo del erario público, sea premiado con una curul, en vez de pagar por su crimen.

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Columnas

De cómo viví el “Jueves negro”

Así se denominaron los días 24 y 25 de julio de 2003 cuando la capital de Guatemala fue invadida por un contingente numeroso de personas de todas las edades, en su mayoría provenientes de otros departamentos y municipios, que manifestaban en pro de su líder, el General Efraín Ríos Montt, (personaje de la política recién fallecido), y su derecho a inscribirse como candidato presidencial para las Elecciones Generales de 2003, a pesar que la Corte de Constitucionalidad ya había fallado a su favor pero la Corte Suprema de Justicia posteriormente emitió un fallo en contra de sus intereses.

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Columnas

Ante el rompimiento constitucional, el PGN debe actuar

Sin embargo, ante la ruptura del orden institucional no queda otro camino más que el jurídico, es decir, que los tres presidentes de los organismos del Estado, ante la obvia comisión de hechos flagrantes y de grave impacto social, soliciten a su abogado, concretamente al Procurador General de la Nación, o incluso este de oficio por tratarse de delitos de acción pública, active el protocolo consagrado en los artículos 5 y 6 de la Ley en Materia de Antejuicio, y requiera al Ministro de Gobernación, el apoyo de la fuerza pública para ejecutar la aprehensión de los magistrados Gloria Patria Porras Escobar, Boanerge Amilcar Mejía Orellana y José Francisco de Mata Vela, para que, luego de que hayan sido capturados y puestos a disposición de la autoridad legal competente, los suplentes de dicha corte, restablezcan el orden jurídico lesionado, ordenando la inmediata designación y nombramiento de los magistrados que deberán integrar el poder judicial.

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Columnas

Una república en crisis

La crisis en la República de Guatemala es clara, vamos a funcionar con dos poderes del Estado, porque digan lo que digan, el Poder Judicial de este día en adelante es ilegitimo en sus totalidad, puesto que si bien los magistrados no pueden abandonar sus cargos, también es cierto que habiendo perdido la calidad que tienen, no podrán en apego al derecho y a la Constitución ejercer sus funciones con propiedad. La Corte de Constitucionalidad tiene la responsabilidad de esta crisis porque queriendo congraciarse con intereses particulares, so pretexto de querer elegir magistrados honorables, viola la misma constitución para querer reedificar el Organismo Judicial; como diría San Pablo: “si las cosas que destruyo, las mismas vuelvo a construir soy un transgresor”.

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Columnas

El fin de la Democracia, de la República

¿Cuál sería la reacción de la población, por ejemplo, si el Presidente quisiera extenderse en el ejercicio de sus funciones más allá de su período? ¿Acaso la Corte Suprema de Justicia no es otro poder del Estado sujeto a la misma limitación constitucional? Esta Corte de Constitucionalidad con sus resoluciones que rayan en lo criminal ha usurpado las funciones constitucionales que le competen a los poderes del estado para concentrarlas y ejercerlas por sí sola. Esta Corte de Constitucionalidad ha anulado los elementos democráticos y republicanos consagrados en la Constitución y se ha convertido en un poder autoritario que bien puede llegar a ser totalitario.

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Columnas

El trabajo parcial

La Corte de Constitucionalidad suspendió de manera provisional varios artículos del Reglamento Para el Trabajo de Tiempo Parcial como consecuencia de un amparo presentado por sindicalistas, quienes no entienden que en el mundo actual, en el mundo globalizado, para que un país se pueda desarrollar hay que hacer planteamientos laborales distintos, probados perfectamente en países desarrollados o medianamente desarrollados, los que dan opciones a amas de casa, adultos mayores y jóvenes universitarios a que puedan optar a un trabajo parcial por horas para complementar sus ingresos.

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Columnas

La Corte de Constitucionalidad, un gobierno de Jueces

Algunos dicen que la Corte de Constitucionalidad se ha convertido en un cuarto poder…. Yo digo que se ha convertido en el verdadero poder que somete a los demás poderes del Estado a decisiones políticas más que jurídicas y de cuya responsabilidad son los actuales magistrados quienes no le rinden cuentas a nadie, especialmente a los Ciudadanos.

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Columnas

Vicios Judiciales

Me parece oportuno, reafirmar que, una República, un Estado Democrático se constituye alrededor de tres poderes, el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial, en nuestro país, la Corte de Constitucionalidad, se ha convertido en un cuarto poder con poderes ilimitados y superior a los otros tres, en ningún régimen constitucional de derecho puede existir un ente con poder ilimitado que actúe fuera de todo control y responsabilidad legal como lo ha hecho en algunas ocasiones la Corte de Constitucionalidad, lo que implica que en el futuro revisemos la conveniencia de que ésta se constituya en una Cámara de la Corte Suprema de Justicia como en otros países para evitar que su actuación esté por encima de las funciones de los otros tres organismos del Estado y que la Corte Suprema de Justicia sea la última instancia legal, como debería de ser.

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Columnas

¿Cómo se lee una constitución?

Las leyes son normas que, para entenderlas correctamente, no basta solo leerlas. También hay que interpretarlas. Los jueces no son seres cuya única labor es vocear aquello que está escrito en las leyes. Los jueces juegan un papel mucho más importante: deben interpretar las normas. Esto quiere decir que los jueces, antes de aplicar normas para resolver un caso, deben no solo leerlas, sino también descifrar y derivar conclusiones normativas.

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