
CARTA PÚBLICA A DONALD J. TRUMP – PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y A OTRAS AUTORIDADES NORTEAMERICANAS
ASUNTOS: Informar acerca de la comprometida condición penal de Gustavo Francisco Petro Urrego, ilegal e ilegítimo presidente de Colombia, aún impune criminal de lesa humanidad, responsable de los también aún impunes secuestros de tres (3) ciudadanos estadounidenses, y del asesinato de uno de ellos.
Notificar acerca de la vergonzosa e inaceptable condición de impunidad que sigue ostentando este infame y peligroso individuo, no obstante y estar denunciado penalmente ante el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ) desde febrero del 2022.
Considerando que el Señor Presidente Trump tiene programada una reunión en la Casa Blanca (Washington DC) el próximo día martes 03 de Febrero con el aún impune genocida y usurpador de la presidencia de Colombia Petro Urrego, he decidido escribir y hacer pública esta comunicación en un nuevo intento por compartir información necesaria, relevante, documentada y comprobada sobre la comprometida situación penal de Petro Urrego, condición penal que fue denunciada formalmente ante el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ) en febrero de 2022.
Antes de abordar lo enunciado en los asuntos, deseo de antemano agradecer a los lectores por la atención y consideración brindadas a esta extensa comunicación, así como por cualquier esfuerzo que consideren a lugar hacer con miras a lograr que la información aquí compartida llegue a Donald J. Trump – Presidente de los Estados Unidos (@POTUS), a James David Vance – Vicepresidente de los Estados Unidos (@VP), a Marco Rubio – Secretario de Estado de los Estados Unidos (@StateDept), a Pamela Bondi – Fiscal General de los Estados Unidos (@AGPamBondi), y/o a John McNamara – Encargado de Negocios de los Estados Unidos para Colombia (@USEmbassyBogota).
También me disculpo de antemano por la extensión de esta comunicación. Dada la gravedad de lo que denuncio, así como las responsabilidades que esto conlleva, debo ser riguroso, absolutamente claro, y contundente al demostrar todo lo expuesto.
Contrario a lo que las autoridades y los medios de comunicación internacionales creen y difunden de forma ingenua y peligrosa, existen razones muy poderosas para temer el comportamiento del ahora ilegal e ilegítimo presidente de Colombia. El aún impune criminal de lesa humanidad Gustavo Francisco Petro Urrego, y todo lo que ha hecho y representa, constituyen una amenaza latente para la humanidad y encarnan una inaceptable, vulgar y dolorosa burla a los derechos humanos, a las libertades, a la verdad, y a la justicia en todo el mundo. Todo lo que rodea e incumbe a este aún impune criminal es peligroso, más ahora que es el jefe del Terrorismo de Estado del que está siendo víctima Colombia.
En octubre de 1985 Petro Urrego fue capturado en posesión de un arsenal de guerra. Fue condenado a 18 meses de prisión por ser miembro de la organización terrorista de la izquierda colombiana M-19 vinculada con el narcotráfico que cometía actos terroristas en todo el territorio colombiano.

Tras cumplir 15 de los 18 meses de la condena por terrorismo, Petro Urrego fue liberado de prisión; Es decir, este sujeto tiene antecedente penal por terrorismo.
En 1989, otro gobierno colombiano cómplice impuso un «acuerdo de paz» con el derrotado grupo narcoparamilitar de la izquierda colombiana M-19, una organización criminal transnacional de la cual Petro Urrego es miembro activo y líder. Mediante la Ley 77 del 22 de diciembre de 1989 y el Decreto Reglamentario 206 del 22 de enero de 1990, en flagrante violación del Derecho Internacional Humanitario (DIH), se estableció un procedimiento legal transitorio para que a estos derrotados narcoparamilitares de la izquierda colombiana se les pudiera otorgar, individualmente y previa solicitud por escrito, el beneficio legal del indulto.
Tras estudiar la mencionada Ley y el Decreto, en marzo de 2018 radiqué un derecho de petición ante el Ministerio de Justicia y del Derecho de Colombia. La respuesta es una certificación emitida a mi nombre por el Ministerio que establece claramente que Petro Urrego no fue indultado. Para empeorar las cosas, también he descubierto que ninguno de los demás aún impunes terroristas miembros del M-19 fue indultado.
Certificación que acredita que Petro Urrego no fue indultado

De conformidad con lo establecido en los Artículos 122, 179 y 197 de la aún vigente Constitución Política Colombiana, debido a que este despreciable individuo tiene Antecedente Penal por terrorismo, desde 1987 ha estado, y lo estará por el resto de su vida, inhabilitado para ser funcionario público, para contratar con el Estado, y para postularse a cargos de elección popular.
En octubre de 1991, sabiendo que necesitaba el indulto para poder ocupar su escaño en el Congreso, Petro Urrego miente al afirmar que había sido indultado y que, por lo tanto, las tres (3) órdenes de captura emitidas en su contra por los delitos de homicidio, secuestro y terrorismo, habían sido suspendidas y debían ser canceladas.

Lo anterior sin pasar por alto el más grave de todos los asuntos concernientes a este sujeto Petro Urrego: Su inocultable e insaneable condición jurídica de aún impune Criminal de Guerra, aún impune Genocida, aún impune Criminal de Lesa Humanidad, y aún impune Criminal responsable de cometer Infracciones Graves contra el Derecho Internacional Humanitario (DIH).
Con la condición jurídica del terrorista Petro Urrego plenamente certificada por el Ministerio de Justicia y del Derecho de Colombia como miembro desmovilizado del grupo terrorista M-19 que no había sido indultado, en 2018 agoté los procedimientos judiciales en Colombia para exigir que se aplicara la ley y la justicia a este sujeto; Mi propósito era el de impedir que se postulara a la presidencia de Colombia, ya que está inhabilitado de por vida para hacerlo. Además de denunciar su estatus legal con una inhabilitación de por vida para postularse a cargos de elección popular, insistí en denunciar su comprometida situación penal como aún impune criminal de la peor calaña.
Entre mayo y octubre de 2018 presenté cinco (5) Acciones de Nulidad Electoral ante el Consejo de Estado, una de las cuatro (4) altas cortes que tenemos en Colombia. Todos estos recursos legales, sustentados de manera sólida y justificada, fueron denegados en tiempo récord y con vulgares pronunciamientos que carecían de sustento legal. Si bien el sesgo político de estas altas cortes para favorecer a los terroristas de la izquierda colombiana siempre ha sido evidente y yo ya estaba realizando mis estudios e investigaciones para apelar a la justicia internacional a través de la JURISDICCIÓN UNIVERSAL, aún quería agotar el siguiente recurso legal que tenía ante el sistema judicial colombiano contra este criminal: Presentar una Demanda de Pérdida de Investidura ante la Corte Suprema de Justicia de Colombia. Como era de esperar, y también en tiempo récord, este recurso fue rechazado por esta otra alta corte en una sentencia que bien podría haber sido escrita por los abogados defensores de Petro Urrego.
Habiendo llegado a la conclusión de que ningún recurso judicial sólidamente fundamentado prosperaría contra este individuo o contra sus criminales cómplices en Colombia, durante los años siguientes, y hasta enero de 2022, me dediqué a estudiar, a investigar, a leer y a redactar una Denuncia Penal Internacional (DPI) contra Petro Urrego dada su condición de aún impune criminal de la peor calaña.
Al redactar esta Denuncia Penal Internacional (DPI) contra Petro Urrego, y tras incluir y describir de forma muy general solo cuarenta (40) de las conductas criminales documentadas, probadas y aún impunes cometidas por este individuo como miembro del M-19, abordé y demostré cómo en cada una de estas aún impunes conductas criminales este peligroso sujeto violó intencional, consciente, deliberada y sistemáticamente cada uno de los más de veinte (20) instrumentos que durante el siglo pasado ha proclamado la humanidad en defensa de los Derechos Humanos.
Para redactar y presentar la referida Denuncia Penal Internacional (DPI) contra Petro Urrego en los Estados Unidos de América y en otras naciones del planeta, invoqué la JURISDICCIÓN UNIVERSAL, un concepto establecido por el Derecho Penal Internacional y por el Derecho Internacional Humanitario (DIH) para ayudar a que se haga justicia a los ciudadanos en cuyas naciones el aparato judicial no funciona y/o es cómplice de los criminales. Además, y sin encontrar precedente alguno, opté por solicitar la ayuda del aparato judicial ordinario de diferentes naciones civilizadas para que me apoyaran haciendo justicia, presentando ante ellos mi Denuncia Penal Internacional (DPI) contra este sujeto Petro Urrego. Para garantizar que este recurso prosperase y que los operadores de justicia de estas naciones no pudieran eludir la admisión de un recurso legal tan complejo y nunca antes invocado, decidí incluir en esta Denuncia Penal Internacional (DPI) a ciudadanos de estas naciones que también han sido víctimas de Petro Urrego y de su banda narcoterrorista de izquierda M-19, crímenes que siguen impunes.
Tras cuatro (4) años de trabajo, el resultado es un libro de ochocientas (800) páginas en el que pude denunciar ante las autoridades judiciales de diferentes naciones solo cuarenta (40) de las aún impunes atrocidades y crímenes cometidos por Petro Urrego y por sus camaradas de la derrotada banda narcoparamilitar de izquierda colombiana M-19.
Digo “solo cuarenta (40)” porque ante el Centro Nacional de Memoria Histórica de Colombia las víctimas han denunciado más de 5.900 (cinco mil novecientos) crímenes de guerra, genocidio, crímenes de lesa humanidad e infracciones graves contra el Derecho Internacional Humanitario (DIH), todos cometidos por el aún impune Petro Urrego. Si bien por razones de espacio solo pude incluir y denunciar en mi Denuncia Penal Internacional (DPI) cuarenta (40) de las aún impunes atrocidades cometidas por este individuo, estas 40 denuncias penales suman un vergonzoso e infame total de 2.200 Infracciones Graves contra el Derecho Internacional Humanitario (DIH)… Es decir que esta es solo una pequeña muestra del atroz historial criminal que tiene el ilegal e ilegítimo presidente de Colombia, individuo infame al que tantas autoridades políticas, líderes, medios de comunicación y empresarios deciden con orgullo “visitar” y/o recibir con honores.
A continuación, me referiré brevemente a cuatro (4) de los elementos jurídicos contundentes del Derecho Internacional Humanitario (DIH) que garantizarán que Petro Urrego sea condenado y encarcelado por las aún impunes atrocidades cometidas. Al hacerlo, también desmantelaré los mitos, cuentos e historias con los que la izquierda criminal colombiana y sus seguidores, simpatizantes, defensores, encubridores y/o cómplices en Colombia y en todo el planeta, intentan justificar y legitimar tan infame historial criminal.
- Nada en el ordenamiento jurídico internacional concede a persona alguna el derecho a violar los Derechos Humanos de otros, mucho menos en nombre de una supuesta “lucha social”, una “revolución”, una “desobediencia”, una “insurrección”, una “rebelión”, o un “estallido social”.
- Artículo 30 de la DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS (1948):
“Nada de lo dispuesto en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiera derecho alguno al Estado, a un grupo o a un individuo a emprender y realizar actividades o realizar actos encaminados a suprimir cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.”
- Artículo 5 del PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS (1966):
“Ninguna disposición del presente Pacto podrá interpretarse en el sentido de conceder derecho alguno a un Estado, a un grupo o a un individuo a emprender actividades o realizar actos encaminados a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades reconocidos en el Pacto o a limitarlos en mayor medida que la prevista en él.”
- Artículo 3 del PROTOCOLO ADICIONAL II A LOS CONVENIOS DE GINEBRA DE 1949 SOBRE LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE LOS CONFLICTOS ARMADOS SIN CARÁCTER INTERNACIONAL (1977):
“Ninguna disposición del presente Protocolo podrá invocarse con el fin de menoscabar la soberanía de un Estado ni la responsabilidad del Gobierno de mantener o restablecer la ley y el orden en el Estado o de defender la unidad nacional y la integridad territorial del Estado por todos los medios legítimos”.
- De la definición de Crímenes de Guerra, Crímenes de Lesa Humanidad, e Infracciones Graves contra el Derecho Internacional Humanitario (DIH).
- ESTATUTO DEL TRIBUNAL MILITAR INTERNACIONAL DE NUREMBERG (1945)
“b) CRÍMENES DE GUERRA: A saber, las violaciones de las leyes o usos de la guerra. Tales violaciones incluyen el asesinato, los malos tratos o la deportación para trabajos forzados u otros fines en relación con la población civil de o en territorio ocupado, el asesinato o malos tratos de prisioneros de guerra o personas en alta mar, el asesinato de rehenes, el robo de propiedad pública o privada, la destrucción insensata de ciudades o pueblos, o la devastación no justificada por la necesidad militar, sin limitarse a estos crímenes;”
“c) CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD: A saber, el asesinato, el exterminio, la esclavitud, la deportación y otros actos inhumanos cometidos contra la población civil antes o durante la guerra; persecución por motivos políticos, raciales o religiosos en la ejecución de los crímenes que son de la competencia de la Corte o en relación con ellos, constituyan o no una violación de la legislación interna del país donde se perpetraron.”
- Artículo 50 del CONVENIO DE GINEBRA PARA ALIVIAR LA SUERTE DE LOS HERIDOS Y ENFERMOS DE LAS FUERZAS ARMADAS EN CAMPAÑA – CONVENIO I (1949):
“Las infracciones graves a que se refiere el artículo anterior son los que entrañan cualquiera de los actos siguientes, si se cometen contra personas o bienes protegidos por la Convención:
a. Homicidio intencional,
b. Tortura o tratos inhumanos, incluidos los experimentos biológicos,
c. El acto de causar deliberadamente grandes sufrimientos o de atentar gravemente contra la integridad física o la salud,
d. La destrucción y apropiación de bienes, no justificadas por necesidades militares y realizadas en gran escala, ilegal y arbitrariamente.”
- De los fueros y demás beneficios jurídicos que podrían impedir el enjuiciamiento de Criminales de Guerra, de Genocidas, y de Criminales de Lesa Humanidad.
- Artículo IV de la CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA PREVENCIÓN Y LA SANCIÓN DEL DELITO DE GENOCIDIO (1948):
“Serán castigadas las personas que hayan cometido genocidio o cualquiera de los otros actos enumerados en el Artículo III, ya sean gobernantes, funcionarios o particulares.”
- De la responsabilidad individual que recae sobre cada persona por el solo hecho de pertenecer a una organización criminal.
- ESTATUTO DEL TRIBUNAL MILITAR INTERNACIONAL DE NUREMBERG (1945):
“Quienes dirijan, organicen, inciten a la formulación de un plan común o conspiración para la ejecución de los crímenes antes mencionados, así como los cómplices que participen en dicha formulación o ejecución, serán responsables de todos los actos realizados por las personas que estén en ejecución de dicho plan.”
- Artículo II de la CONVENCIÓN SOBRE LA IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LOS CRÍMENES DE GUERRA Y DE LESA HUMANIDAD (1968):
“En caso de comisión de cualquiera de los crímenes mencionados en el artículo I, las disposiciones de la presente Convención se aplicarán a los representantes de la autoridad del Estado y a los particulares que participen como autores o cómplices o que inciten directamente a la comisión de cualquiera de esos crímenes, o que conspiren para cometerlos, cualquiera que sea su grado de desarrollo, así como a los representantes de la autoridad del Estado que toleren su perpetración.”
Desde febrero de 2022 radiqué mi Denuncia Penal Internacional (DPI) contra Petro Urrego ante el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ), movido por el noble propósito y la firme convicción de ayudar a liberar, tanto a Colombia como al continente americano, de la creciente amenaza de la izquierda criminal. Estoy convencido de que lo lograré desenmascarando y poniendo fin a la infame impunidad con la que estos criminales se han amparado durante las últimas cuatro décadas, gracias, entre otras razones, a la sistemática, perversa, miserable y vil complicidad que ha existido de parte de los tres poderes públicos de Colombia.
Con las definiciones de estas atrocidades claramente establecidas, y tras dejar absolutamente claro que, según el Derecho Internacional Humanitario (DIH), la posibilidad de procesar, juzgar y castigar a los responsables de estos crímenes atroces no prescribe, compartiré con ustedes lo que he hecho ante el sistema de justicia de los Estados Unidos de América, concretamente al presentar mi Denuncia Penal Internacional (DPI) ante el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ), División de Derechos Civiles – Sección Penal.
El martes 22 de febrero de 2022, invocando la JURISDICCIÓN UNIVERSAL, y actuando como denunciante, aunque me encontraba en la ciudad de Washington D.C., debido a los protocolos de Covid-19 vigentes en los edificios federales, tuve que utilizar los servicios de mensajería certificada de UPS para radicar mi Denuncia Penal Internacional (DPI) en español contra el sujeto Gustavo Francisco Petro Urrego ante el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ), División de Derechos Civiles – Sección Penal.
Posteriormente, el miércoles 4 de mayo de 2022, de regreso en Washington y nuevamente imposibilitado de presentarla personalmente debido a los protocolos de Covid-19, envié nuevamente por correo certificado, utilizando los servicios de FedEx, la misma Denuncia Penal Internacional (DPI) contra Petro Urrego a la sede del Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ), División de Derechos Civiles – Sección Penal, pero esta vez envié la versión traducida al inglés.
Imágenes del envío físico de la DPI en español (febrero) y en inglés (mayo)


Los nombres, así como los detalles de los aún impunes crímenes de lesa humanidad de secuestro y asesinato cometidos contra tres (3) víctimas norteamericanas que incluí en mi Denuncia Penal Internacional (DPI) contra Petro Urrego, radicada ante el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ), División de Derechos Civiles – Sección Penal, son los siguientes:
- El 4 de agosto de 1975, el ciudadano estadounidense Donald Cooper, quien trabajaba en Colombia como Gerente General de Sears Roebuck, fue secuestrado. El Sr. Cooper, un indefenso, inocente y desarmado miembro de la población civil extranjera que no participaba en las hostilidades, fue tomado como rehén con fines extorsivos por Petro Urrego y por sus cómplices de la organización criminal transnacional de la izquierda colombiana M-19 durante ochenta y siete (87) días. Petro Urrego y sus cómplices del M-19 cobraron un rescate de más de 1 millón de dólares para liberar al Sr. Cooper con vida, dinero que estos narcoterroristas de la izquierda colombiana M-19 utilizaron para financiar el partido político ANAPO (Alianza Nacional Popular), así como para comprar armas y fortalecer su infraestructura criminal.
Durante el tiempo que estuvo secuestrado, el Sr. Cooper fue sometido a todo tipo de infamias, atrocidades, abusos, humillaciones y maltratos. Además de estas torturas, el Sr. Cooper fue mantenido intencionalmente en las terribles condiciones higiénicas y sanitarias que Petro Urrego y sus cómplices narcoparamilitares del M-19 impusieron deliberadamente a sus víctimas en las macabras «cárceles del pueblo» que diseñaron exclusivamente para mantener y torturar a sus rehenes.
Prensa colombiana informando sobre la liberación del Sr. Cooper secuestrado.

2. En las primeras horas del 19 de enero de 1981, el Sr. Chester Allen Bitterman, lingüista y misionero cristiano estadounidense, fue víctima de un secuestro extorsivo y posteriormente asesinado tras permanecer secuestrado durante 48 angustiosos días.
Tras irrumpir violentamente en la sede del Instituto Lingüístico de Verano en Bogotá D.C., un grupo de siete (7) narcoparamilitares del M-19, que pretendían secuestrar al director de la sede, Álvaro Wheeler, finalmente secuestraron al traductor en formación Chester Allen Bitterman, un indefenso, inocente y desarmado miembro de la población civil extranjera que no participaba en las hostilidades y que, desafortunadamente, se encontraba en la sede cuando los criminales atacaron.
Según lo manifestado públicamente por Petro Urrego y por sus camaradas del M-19, el criminal, demencial y extorsivo propósito de atacar la sede del Instituto Lingüístico de Verano era tomar como rehén a un ciudadano estadounidense para enviar un mensaje al mundo y al recién investido presidente de los Estados Unidos de América, el Sr. Ronald Reagan. Además, el Instituto Lingüístico de Verano, una ONG de labor pastoral que enseñaba idiomas y evangelizaba a comunidades indígenas de diferentes naciones alrededor del mundo, debía abandonar Colombia en un plazo de treinta (30) días y pagar un millonario rescate, de lo contrario el ciudadano estadounidense sería asesinado.
Dado que ni el gobierno estadounidense ni el colombiano, ni la ONG accedieron a las demandas de Petro Urrego y de sus derrotados camaradas del M-19, después de cuarenta y ocho (48) días de secuestro y de permanecer retenido en condiciones extremadamente humillantes y precarias, fue asesinado y el cuerpo sin vida de Chester Allen Bitterman fue encontrado en un autobús de transporte público envuelto en una bandera del M-19.
Informes de prensa sobre el secuestro y asesinato del Sr. Bitterman



3. Diego Ascencio, embajador acreditado de los Estados Unidos de América en Colombia, fue secuestrado junto con otras cincuenta y seis (56) personas (25 de las cuales eran personal diplomático extranjero). Su secuestro duró sesenta y un (61) días, comenzando el miércoles 27 de febrero de 1980 a las 12:15 del mediodía y finalizando el 25 de abril de 1980.
El secuestro masivo y la extorsión con fines mediáticos de esta persona protegida internacionalmente, así como el secuestro de un edificio protegido internacionalmente como la Embajada de la República Dominicana en Bogotá D.C., capital de Colombia, duraron dos meses. El acusado Petro Urrego y sus camaradas del M-19 exigieron para liberar con vida a sus rehenes, que, además del pago de 50 millones de dólares, se liberara a 300 de sus camaradas narcoterroristas de la izquierda colombiana que se encontraban presos en cárceles colombianas.
Medios de comunicación colombianos informando sobre el secuestro de los 17 embajadores.


A estas alturas, considero importante destacar que, de conformidad con el Artículo 1201 del Título 18 del Código de los Estados Unidos (18 U.S.C. § 1201), las autoridades estadounidenses son responsables de garantizar el bienestar y la justicia para todos sus ciudadanos, por lo que están obligadas a investigar el secuestro de tres de sus nacionales y el asesinato de uno de ellos como delitos federales. El referido Artículo claramente establece lo siguiente:
“Quienquiera que capture, confine, atraiga, secuestre, rapte o se lleve ilegalmente a cualquier persona y la retenga para obtener rescate o recompensa, (…) será culpable de secuestro y será castigado con pena de prisión por un período de años o de por vida, y si resulta la muerte, con la pena de muerte o cadena perpetua”.
Además, y según lo establecido por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ), la toma de rehenes (secuestro) se convierte en un delito de jurisdicción federal cuando, entre otras características, involucra a un agente o ciudadano en el extranjero o a una persona protegida internacionalmente (diplomático).
Entonces, ¿estamos de acuerdo en que no hay forma de que un país soberano, respetado y poderoso con instituciones sólidas como los Estados Unidos de América pueda aceptar que un secuestrador y asesino que representa el peor tipo de criminales en la historia reciente de la humanidad permanezca en libertad, o no estamos de acuerdo con este principio básico de legalidad y humanidad? Si bien mi justificada y bien sustentada Denuncia Penal Internacional (DPI) contra Petro Urrego fue radicada en febrero del 2022 ante el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, División de Derechos Civiles – Sección Penal, hasta ahora me ha sido imposible saber qué ha sucedido con el trámite de mi recurso desde entonces.
Tal y como de manera vergonzosa e imperdonable ha hecho la mayor parte del mundo durante las últimas siete (7) décadas para con el criminal y narcotraficante régimen cubano de izquierda, lo mismo ha sucedido con Petro Urrego y con todo lo que representa: La mayoría de los ciudadanos del mundo han decidido “mirar hacia otro lado”, mientras que los autoproclamados “intelectuales” de izquierda del planeta han sido cómplices de estos infames Criminales de Lesa Humanidad presentándolos y vendiéndolos como “rebeldes”, como algo “curioso”, como algo muy “elegante”, como algo “exótico” digno de ser comentado y defendido, en lugar de repudiarlos y de condenarlos por las atrocidades cometidas y por aquellas que siguen cometiendo.
Aunque Petro Urrego representa la mayor y más grave amenaza regional a la que se enfrentan actualmente Washington y todas las naciones civilizadas del planeta, la buena noticia es que está justamente en manos del Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ) poner fin a esta aún impune, desenfrenada, asesina y destructiva actividad criminal. En lo que respecta al enjuiciamiento y condena de este delirante delincuente, no existe posibilidad alguna para que, por consideraciones políticas, ideológicas, geoestratégicas o de cualquier otro tipo, supuestamente «políticamente correctas», se pueda evitar la vigencia del Estado de Derecho, la prevalencia de la verdad, y se haga justicia… Y este peligroso sujeto lo sabe, por eso está tan interesado en convertir a Colombia, lo antes posible, en otro centro criminal transnacional como Nicaragua, Venezuela y Cuba.
Para concluir, pregunto: ¿En qué se diferencia la Alemania nazi de la ahora “Colombia nazi – una potencia mundial del crimen y de la violencia” que Petro Urrego y sus infames cómplices están imponiendo con tanta eficacia?
Respuesta simple: Adolf Hitler y sus criminales simpatizantes, defensores, encubridores, partidarios y/o cómplices, cometieron e intentaron legalizar y legitimar todos los crímenes atroces ejecutados tras llegar al poder en Alemania… En cambio, en Colombia Petro Urrego, sus despreciables camaradas del M-19 y sus derrotados camaradas de la izquierda colombiana FARC, llegaron al poder después de cometer infinidad de crímenes atroces, todos aún impunes a pesar de haber dejado, y seguir dejando, millones de víctimas a su paso… Para las naciones civilizadas esto debe ser, como mínimo, inaceptable por vergonzoso e infame, ¿o no?
Finalmente, quiero llamar su atención sobre algo que creo ustedes, como líderes de la nación más poderosa del mundo, así como la mayoría de los medios de comunicación, analistas geoestratégicos y una gran parte de los inversionistas extranjeros en Colombia han pasado por alto sobre lo que está sucediendo en Colombia. Petro Urrego no es solo una muy peligrosa e infame marioneta del “Socialismo del Siglo XXI”, una plaga cubana y globalista que ha invadido, desestabilizado, destruido y empobrecido de forma feroz y fatalmente efectiva a naciones de todo el continente americano, y que también está destruyendo España, sino que creo firmemente que este individuo es el último peón que le queda a esta plaga criminal de la izquierda para intentar sobrevivir parasitando de naciones sanas, saqueándolas, robando y despojando a poderosos y comprometidos inversores extranjeros y nacionales con absoluta impunidad.
Durante las últimas tres (3) décadas, la plaga globalista de origen cubano llamada “Socialismo del Siglo XXI” ha implementado en varias naciones un guion macabramente exitoso que ha resultado en el declive económico, social, político y moral de muchas naciones del continente americano, y ahora su objetivo es Colombia. Estos infames e insaciables comunistas también han escrito el libreto que seguirán los supuestos “líderes de la oposición” en las naciones afectadas, políticos sin escrúpulos que han sido y son cómplices del éxito que ha tenido esta calamidad inducida. Afortunadamente para los ciudadanos e inversionistas de Colombia, de Iberoamérica, y posiblemente del mundo, lo que estos infames criminales no consideraron ni previeron al escribir e implementar sus macabros y efectivos guion y libreto en Colombia, fue que su último peón, el colombiano Petro Urrego, tenía una situación legal muy comprometida que podría ser descubierta y denunciada penalmente a nivel internacional.
Dado que ya lo he denunciado penalmente, es precisamente la impunidad de la que este sujeto Petro Urrego ha gozado hasta ahora, lo que lo condena a la muerte, inicialmente como «político», y posteriormente a nivel judicial. Una sea removido del poder por ser condenado por los cargos penales en su contra, todo lo que hizo como presidente carecerá de valor y fuerza legal, porque «en derecho, todo se deshace como se hizo».
Debo admitir que me entusiasma e ilusiona escribir y hacer pública esta comunicación. Desde marzo de 2018 decidí emprender esta lucha de manera solitaria e independiente porque, además de no querer exponer a nadie más a los altos riesgos que implica esta guerra declarada contra una organización criminal transnacional tan poderosa, sé que mis principios y convicciones no son negociables ni estarán a la venta.
Estoy seguro que Petro Urrego está destruyendo Colombia y tomando ilegalmente el control de todos sus recursos económicos, así como de las inversiones, ahorros y propiedades de ciudadanos nacionales y extranjeros, para financiar y garantizar actividades y atentados terroristas transnacionales contra intereses estadounidenses en y desde Colombia, Venezuela, Cuba y Nicaragua. Ninguna nación en el mundo está a salvo cuando un aún impune Criminal de Lesa Humanidad como Petro Urrego y sus cómplices terroristas pueden viajar por todo el planeta con pasaportes diplomáticos.
Les ruego que no subestimen el aún impune criminal trasegar de Petro Urrego, pues, como él mismo ha mencionado en diferentes declaraciones públicas, siempre ha tenido y mantiene estrechos contactos y relaciones fraternales con la mayoría de las organizaciones terroristas que existen en el mundo. Ahora que se ha apropiado de la presidencia de Colombia, la corrupción, el crimen organizado y todas las actividades ilícitas parecen ser más que bienvenidas en nuestra nación. Como ciudadano comprometido con la salvaguarda y la defensa de las libertades, de la ley, de la verdad y de la justicia, agradecería enormemente su apoyo y acompañamiento en esta lucha contra un enemigo tan poderoso pero a la vez tan vulnerable.
Una vez más, ofrezco disculpas por la extensión de esta comunicación y créanme cuando les digo que, considerando la cantidad de información por compartir, hice todo lo posible para resumirla. He compartido esta información con ustedes porque la considero de su interés.
Poniéndome a su entera disposición y reiterando mis agradecimientos por la difusión, la atención, y la consideración que se brinde a la presente, me remito.
François Roger Cavard M.

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