
Jerarquía constitucional de la Ley Electoral (II)
La Corte de Constitucionalidad, en los dictámenes vertidos en relación a modificaciones a la Ley Electoral y de Partidos Políticos, ha dado algunas luces respecto del tema de la jerarquía que tiene la Ley Electoral en nuestro ordenamiento jurídico. ¿Jerarquía constitucional, jerarquía de ley ordinaria o jerarquía ad hoc? Veamos qué ha dicho la Corte.
- Dictamen del 24 de agosto de 1987, expediente 186-87: “(…) la propuesta de la Comisión de Gobernación que aquí se analiza [la modificación al artículo 205 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos], contraviene dicha forma institucional [la del artículo 157 de la Constitución], al pretender introducir una nueva categoría en los sujetos del órgano, en una norma de jerarquía inferior a la Constitución”.
- Dictamen del 3 de mayo de 1990, expediente 81-90: “(…) la Ley Electoral y de Partidos Políticos, que es una ley de rango superior al ordinario, y por tanto de modificación agravada, que no podría ser modificada por otra de menor jerarquía normativa”.
- Dictamen del 25 de mayo de 1990, expediente 112-90: “(…) la Constitución vigente confió esa regulación a una ley de jerarquía constitucional, pero de menor rigidez que la Carta Fundamental”.
- Dictamen del 11 de julio de 2014, expediente 5352-2013: “(…) la regulación del Código [Penal] de mérito no sería viable de ser aplicada en materia electoral, no solo porque se trata de cuerpos legales de distinta jerarquía en el sistema de fuentes del derecho”.
- Dictamen del 15 de febrero de 2016, expediente 4528-2015: “(…) no se evidencia que la introducción de aquel párrafo, que permite la aplicación supletoria de una ley [Ley del Organismo Judicial] de jerarquía inferior a la Ley Electoral y de Partidos Políticos, contravenga preceptiva constitucional”.
La Corte de Constitucionalidad se ha contradicho al reconocer en una ocasión que la Ley Electoral es “de jerarquía inferior a la Constitución”, y luego reconocer que es una ley de “jerarquía constitucional”. En lo que sí ha habido unanimidad es en indicar que la Ley Electoral tiene jerarquía superior a las leyes ordinarias. Que esto último tenga fundamento constitucional (recordando que imponer más requisitos de reforma no equivale a dar mayor jerarquía), está por verse.
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