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El peligro de ser juez en Guatemala

Poptun

Cuando una turba incendia la vivienda de una jueza por una resolución que la ley la obligaba a dictar, lo que arde no es únicamente una casa. Arde la idea de que en un Estado de derecho alguien debe tener la responsabilidad —y el deber irrenunciable— de resolver los conflictos conforme a la ley, aunque la decisión sea impopular. Ese incendio, ocurrido en Nebaj tras la ejecución de un desalojo, no constituye solamente un hecho delictivo; representa una advertencia sobre la creciente fragilidad de la independencia judicial en Guatemala.

Las imágenes de una mujer de 72 años desalojada de su vivienda despertaron una comprensible conmoción. La empatía ante el sufrimiento humano es natural y necesaria. Sin embargo, otra cosa muy distinta es transformar esa indignación en violencia contra quien ejerció la función jurisdiccional. Antes de juzgar a la jueza, conviene preguntarnos si realmente comprendemos cuál es el papel que desempeña un juez dentro de un Estado democrático.

Existe una diferencia fundamental entre la judicatura y cualquier otra profesión jurídica. Un abogado litigante puede decidir qué casos aceptar y cuáles rechazar. Un asesor legal puede negarse a representar determinados intereses. Un notario puede abstenerse de autorizar un acto cuando existen impedimentos. Los jueces, en cambio, carecen de esa posibilidad. Los expedientes les son asignados mediante un sistema de reparto y, desde ese momento, la ley les impone el deber de resolver.

El artículo 15 de la Ley del Organismo Judicial no deja espacio para interpretaciones: los jueces no pueden suspender, retardar ni denegar la administración de justicia sin incurrir en responsabilidad. Es decir, no pueden excusarse de conocer un asunto simplemente porque genere rechazo social o pueda comprometer su tranquilidad personal. Resolver no constituye una opción; es una obligación legal.

Este aspecto suele perderse en el debate público. Se parte de la idea de que toda resolución refleja la voluntad personal del juez, cuando en realidad su función consiste en aplicar el ordenamiento jurídico a los hechos acreditados dentro del expediente. Naturalmente, las resoluciones pueden contener errores y existen mecanismos para corregirlos mediante recursos y controles jurisdiccionales. Pero una cosa es cuestionar jurídicamente una decisión y otra muy distinta convertir al juez en el enemigo que debe ser castigado.

Si los jueces comienzan a decidir en función del aplauso popular o del temor a convertirse en tendencia en redes sociales, el Poder Judicial deja de cumplir su función constitucional. Los tribunales no pueden convertirse en un plebiscito permanente donde la corrección jurídica dependa de la intensidad de la indignación pública. La justicia exige independencia precisamente para proteger a las minorías, hacer valer los derechos y aplicar la ley aun cuando el resultado sea incómodo.

El problema adquiere una dimensión todavía más preocupante porque los ataques contra los jueces han escalado de manera evidente. La descalificación pública, las campañas de desprestigio, la exposición de datos personales, las amenazas y ahora la destrucción de bienes constituyen una secuencia que no puede normalizarse. Hoy fue el incendio de una vivienda; mañana podría tratarse de una agresión directa contra la integridad física de quien resolvió un expediente.

En este fenómeno también existe una responsabilidad compartida por los medios de comunicación y las redes sociales. La indignación se produce, se amplifica y, muchas veces, se monetiza. Las plataformas digitales premian el contenido emocional, las narrativas simplificadas y los culpables fácilmente identificables. Una imagen conmovedora puede terminar sustituyendo el análisis jurídico de un caso complejo. El problema no es informar; el problema surge cuando la cobertura convierte al juez en el único rostro visible del conflicto, invisibilizando que detrás existe un proceso judicial, partes enfrentadas, normas aplicables y recursos legales.

Nada de esto pretende minimizar el drama humano que puede existir detrás de un desalojo. Tampoco significa sostener que todas las resoluciones judiciales sean correctas. Como en cualquier institución, existen jueces que incumplen sus deberes y deben responder por ello. Pero sería profundamente injusto extender esas deficiencias a toda la judicatura. La inmensa mayoría de jueces trabaja diariamente lejos de los reflectores, resolviendo cientos de conflictos con profesionalismo, estudio y responsabilidad. Paradójicamente, solo se vuelven visibles cuando un caso adquiere notoriedad pública.

Existe, además, un riesgo silencioso que pocas veces se reconoce. Algunos jueces admiten que la presión social puede influir en el ambiente en que toman decisiones. En materia penal, donde el principio del in dubio pro reo constituye una garantía esencial, el temor a ser señalado públicamente puede empujar inconscientemente hacia una lógica distinta: resolver pensando primero en evitar el costo personal de una decisión impopular. Ese «in dubio pro juez» no existe en ninguna ley; es simplemente la expresión de un sistema donde el miedo comienza a competir con el derecho. Y cuando el miedo condiciona las decisiones judiciales, la independencia deja de ser una garantía para convertirse en una aspiración.

Resulta especialmente simbólico que estos hechos ocurrieran apenas un día después de la conmemoración del Día del Juez. Quien ejerce esta función no espera reconocimiento ni aplausos. Su compromiso consiste en resolver conforme a la Constitución y las leyes, incluso cuando ello implique soportar críticas o incomprensión. Pero ninguna democracia puede exigir ese nivel de responsabilidad sin ofrecer, al mismo tiempo, condiciones mínimas de seguridad para quienes la ejercen.

Guatemala mantiene una deuda histórica con su sistema de justicia. Es necesario mejorar la forma en que se ejecutan las resoluciones judiciales, fortalecer los mecanismos de diálogo institucional y recuperar la confianza ciudadana. Pero esa transformación jamás podrá construirse aceptando la violencia como respuesta frente a una decisión jurisdiccional.

Porque, al final, el expediente de Nebaj debía ser resuelto por alguien. Esa jueza no eligió el caso ni podía negarse a conocerlo. Cumplió una obligación que el Estado le impone. Si la respuesta social frente a esa obligación consiste en incendiar su vivienda, el mensaje para todos los jueces es inequívoco: aplicar la ley puede costarles el patrimonio o incluso la vida. Y un Estado que no protege a quienes tienen el deber de juzgar no solo abandona a sus jueces; renuncia, poco a poco, a la posibilidad misma de impartir justicia.

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Mireya Batún Betancourt

Abogada, Notaria y Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, postgrado en Criminología, especialista en ejecución penal con estudios en Doctorados de Ciencias Penales y Derecho Constitucional Internacional.

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