
La guerra que nunca terminó (Segunda Parte)
Zoon Politikón
Guatemala, laboratorio del sistema
En la entrega anterior se trazó el mapa: toda América Latina exhibe el mismo diseño de justicia selectiva, donde los militares se sientan en el banquillo y los ex guerrilleros se sientan en el Congreso. Se describió el marco gramsciano, los mecanismos jurídicos de asimetría y la industria que los sostiene. Corresponde ahora examinar ese sistema donde opera con mayor nitidez, con nombres propios y consecuencias activas. Guatemala no es uno más entre los ejemplos regionales: es el laboratorio donde cada pieza del mecanismo puede identificarse, donde el binomio venganza-lucro tiene rostro institucional, y donde la derrota militar de una guerrilla se ha convertido, paradójicamente, en victoria moral permanente.
Los datos son los siguientes. Entre 2008 y 2018, los tribunales guatemaltecos emitieron condenas contra 33 militares, comisionados militares y patrulleros de autodefensa civil. Durante el mismo período, únicamente un ex líder de la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca fue condenado. Esa proporción no refleja una distribución real de responsabilidades en un conflicto que duró 36 años y en el que la violencia fue ejercida por múltiples actores: refleja una decisión política sobre a quién se persigue y a quién se protege. La Comisión para el Esclarecimiento Histórico documentó 250,000 muertos y desaparecidos, atribuyendo al Estado el 93% de las violaciones registradas, porcentaje construido sobre una base informativa asimétrica, pues el Ejecutivo negó a la propia CEH documentación militar requerida.
Desde la historiografía crítica, Carlos Sabino ha mostrado que esa cifra no descansa en una comprobación demográfica o forense sólida, sino en extrapolaciones obtenidas a partir de muestras de testimonios recogidos de forma selectiva y sobre un universo de fuentes sesgado hacia un solo bando. En su reconstrucción del conflicto subraya que las exhumaciones sistemáticas han arrojado solo muy pocos miles de cadáveres claramente atribuibles al enfrentamiento armado, una magnitud difícilmente compatible con las cifras de la CEH. Señala, además, que los mismos informes semioficiales emplean nociones como ‘violencia estructural’ y ‘actos genocidas’ de manera asimétrica, aplicándolas casi exclusivamente al Estado y eximiendo de un escrutinio equivalente a la insurgencia, de modo que el dato estadístico funciona más como instrumento de una estrategia narrativa que como resultado de un método neutral.
El juicio contra el general Efraín Ríos Montt por genocidio contra el pueblo Maya-Ixil es el hito emblemático. La sentencia de 2013 fue celebrada internacionalmente como victoria de la justicia, transmitida en televisión nacional con toda la carga simbólica de una derrota ritualizada. Sin embargo, mientras militares de alto y bajo rango eran objeto de persecución sistemática, los comandantes de la URNG que participaron en el mismo enfrentamiento armado interno mantuvieron espacios de legitimidad política y participación abierta en la vida democrática.
No nos engañemos: un sistema que juzga a uno de los bandos y canoniza al otro no está administrando justicia. Está administrando la narrativa del enfrentamiento.
Aquí hay una trampa conceptual que conviene desmontar con precisión. El Programa Nacional de Resarcimiento fue creado para compensar a víctimas civiles del conflicto armado interno. Ese propósito es legítimo en origen. Pero lo que el PNR ha producido en la práctica es la mercantilización de la condición de víctima: la transformación de sujetos políticos con demandas de justicia y transformación estructural en acreedores permanentes del Estado. La identidad comunitaria de pueblos indígenas con décadas de historia ha sido reducida al estatus de beneficiario de una transferencia monetaria. Esa reducción no es un error de diseño. Es una función: quien depende económicamente de mantener el estatus de víctima no tiene incentivo para que el proceso transicional concluya, y quien administra ese estatus acumula poder político en proporción directa a la duración del proceso.
Desde una perspectiva económica, el ecosistema que rodea al PNR funciona como una industria con incentivos perversos. ONG y bufetes especializados obtienen financiamiento de cooperación internacional —Unión Europea, agencias de Naciones Unidas, fundaciones privadas europeas y estadounidenses— cuya continuidad depende de la permanencia del conflicto narrativo. La reconciliación efectiva destruiría ese modelo. Por tanto, no se promueve.
Existe además una exclusión que el discurso oficial prefiere no mencionar. El PNR se dirige exclusivamente a víctimas de violaciones cometidas por agentes del Estado o estructuras vinculadas. Los campesinos que integraron las Patrullas de Autodefensa Civil y sufrieron violencia durante el conflicto, las familias de soldados asesinados en emboscadas, los alcaldes y líderes comunitarios ejecutados por la URNG por negarse a colaborar con ella, no califican para resarcimiento equivalente. Esta exclusión no es un error técnico. Es una decisión política que refuerza la narrativa según la cual únicamente el Estado fue perpetrador de violencia ilegítima, mientras la violencia insurgente queda implícitamente legitimada como reacción necesaria. Es, en suma, la continuación del relato político de la izquierda con financiamiento público guatemalteco.
El componente de venganza no es una interpretación: es un resultado verificable. Cuando el Congreso guatemalteco ha discutido amnistías para militares —aplicando la misma lógica que los Acuerdos de Paz aplicaron a la insurgencia— la resistencia internacional ha sido inmediata y coordinada. La pregunta es simple: ¿por qué la amnistía fue necesaria para la reconciliación cuando beneficiaba a guerrilleros, pero se convierte en impunidad inaceptable cuando podría beneficiar a militares? La respuesta no está en el derecho internacional. Está en quién controla el sistema y en los intereses de quienes viven de mantenerlo activo.
Guatemala no es una anomalía del sistema de justicia transicional latinoamericano: es su expresión más nítida. El juicio Ríos Montt, las condenas asimétricas, el PNR que excluye a las víctimas del otro bando, los bufetes y ONG que lucran con el dolor y la memoria, configuran un mecanismo cuyo objetivo principal no es la justicia sino la consolidación de una hegemonía narrativa. Debemos reconocer esta realidad con la misma claridad con que debemos reconocer que las violaciones reales de derechos humanos merecen sanción real. Una cosa no excluye a la otra. Lo que no puede admitirse es que la selectividad sistemática se presente como justicia universal, y que nadie en posición de responsabilidad tenga el valor de decirlo.
La historia tiene una ironía que los gramscianos latinoamericanos comprendieron antes que sus adversarios: la guerra cultural no requiere victorias militares, solo el control de las instituciones que definen lo que fue justo y lo que fue crimen. Mientras Guatemala continúe permitiendo que ese control lo ejerzan actores con agenda ideológica no declarada, con financiamiento internacional y con acceso exclusivo a los mecanismos de memoria y reparación, el conflicto del siglo XX no habrá terminado. Solo habrá cambiado de uniforme. La pregunta es si estamos dispuestos a verlo.

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