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Participación para el Desarrollo

Tanmi Tnam

Muchas épocas atestiguan que el desarrollo generalmente es reflexión y producto de la decisión de actores ajenos a la vida de las comunidades y pueblos. De esta manera, aparecen salvadores que pregonan que este proyecto es bueno para tal comunidad, la eliminación de la pobreza y mejor futuro para todos. En muchos casos no existe relación entre las necesidades de la población con el contenido de los proyectos, especialmente aquellos que llegan con productos o regalías que deberían de generar respuestas acertadas con el apoyo y participación de los comunitarios que sienten y viven el impacto de muchos problemas que no han tenido la atención para alcanzar mejores condiciones de vida. En este caso, los destinatarios no comprenden las acciones y el pensamiento que utilizan los actores que deciden por el desarrollo de otros. Después de muchas generaciones, las causas y efectos del subdesarrollo permanecen.

Hay experiencia de participación de las comunidades como parte de quienes ejecutan las decisiones de actores ajenos a la comunidad, por ejemplo, en el caso de apertura de caminos, construcción de edificios públicos y la oportunidad de ejecutar algún proyecto de la cooperación.  La participación es posible en tanto está en curso la obra, terminado el tiempo de vida del proyecto, el problema motivo de solución, continúa después de que se retire el equipo técnico y el financiamiento. El impacto esperado no aparece y continúan las condiciones de vida en pobreza.

También es argumentada la importancia de la participación de distintos actores en los procesos de desarrollo que merecen los pueblos. El discurso insiste en que deberían participar las autoridades locales, las organizaciones de base, los expertos en desarrollo, la cooperación, entre otros.  El éxito esperado tampoco se concreta, después de muchos años de esfuerzo, las condiciones de vida de los pueblos reflejan pobreza, extrema pobreza, analfabetismo, problemas de salud, etc.

En el caso de Guatemala, está normada la participación de los actores locales en el Decreto No. 11-2002 Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural establece en su artículo 4 el Sistema de Consejos de Desarrollo en los niveles nacional, regional, departamental, municipal y el comunitario. El artículo 2 de la referida ley dice que el Sistema de Consejos tiene entre otros principios el respeto a la cultura de los pueblos, la armonía en las relaciones interculturales y el mantenimiento del equilibrio del ambiente y el desarrollo humano. Para la Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, la participación de los pueblos de Guatemala es fundamental para la planificación y ejecución del desarrollo y en su artículo 1 dice textualmente que el Sistema de Consejos de Desarrollo “es el medio principal de participación de la población maya, xinca y garífuna y la no indígena, en la gestión pública para llevar a cabo el proceso de planificación democrática del desarrollo, tomando en cuenta los principios de unidad nacional, multiétnica, pluricultural y multilingüe de la nación guatemalteca”.

La población local, la de los municipios y otros actores, tienen una percepción actual de los pocos resultados alcanzados por las instancias de participación, especialmente de los niveles local, municipal y departamental. Hay observaciones de su integración como también de los impactos poco o nada perceptibles acerca de la disminución de los factores que facilitan continuar con las condiciones de extrema pobreza y el subdesarrollo general en que se encuentran las comunidades y los pueblos de Guatemala.

Continuará…

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