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Éxito Consuelístico y fracaso Bernardístico

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Demoledora resolución de tribunal constitucional. En mayo del presente año, la Jefe del Ministerio Público y Fiscal General de la República, Señora Consuelo Porras, acosada, acechada y hasta amenazada por el Señor Bernardo Arévalo con el fin de obligarla a renunciar, solicitó a la Corte de Constitucionalidad que la amparara. Esta corte la amparó y ordenó a las autoridades gubernamentales abstenerse de ejecutar actos que, “fuera del marco constitucional y legal”, atenten contra las funciones que, por mandato de la ley, ella debe ejercer.

Tácitamente, era una orden impartida al Señor Arévalo, usurpador de la Presidencia de la República. Empero, él, como si la orden no hubiera sido impartida a él mismo, solicitó a la Corte de Constitucionalidad, el 1 de agosto, revocar el amparo. Con extraordinario atino, el 14 de agosto la corte resolvió no revocarlo. Presumo que la corte opina que persisten los actos “fuera del marco constitucional y legal”, o persiste la intención de ejecutarlos, destinados a destituir a la Señora Porras

Esa resolución es un éxito de la señora Porras y un fracaso del Señor Arévalo. Su absurda arrogancia ha sido objeto de demolición. Aludo a la absurda arrogancia de él, de pretender no ser objeto de persecución penal pública, por denunciados delitos que presuntamente cometió durante el último proceso electoral. Aludo a la absurda arrogancia de él, de pretender ilegalmente que ella, la Señora Porras, renuncie y sea sustituida por quien le garantice que no será objeto de tal persecución. Aludo a la absurda arrogancia de él, de pretender que la Señora Porras se someta a su autoridad.

Postergada discusión legislativa de reforma de la ley. También es un éxito de la Señora Porras y un fracaso del Señor Arévalo, que el Congreso de la República no se ocupe de la reforma de la Ley Orgánica del Ministerio Público, que él, el Señor Arévalo, propuso el 6 de mayo, con el deliberado y específico fin de destituirla. Luego de que el pasado 13 de agosto, Ligia Hernández, miembro del partido Movimiento Semilla, acusada de cometer el delito de financiamiento electoral no registrado, fuera capturada, y el 16 de ese mismo mes, fuera recluida en prisión, el señor Arévalo reiteró su solicitud al Congreso de la República, de aprobar la reforma.

El Señor Arévalo propone que la Jefe del Ministerio Público y Fiscal General de la República sea destituido, no solo por ser sujeto de una sentencia condenatoria, sino también, por ejemplo, por incapacidad, no idoneidad y no honradez, o por no ser mentalmente apto para ejercer las funciones que le adjudica la ley. Conjeturo que el Señor Arévalo hubiera querido incluir, en la propuesta de reforma, este motivo de destitución: perseguir penalmente al Presidente de la República y al partido que propuso su candidatura presidencial, o a los partidos que la propusieron.

Grandiosa estulticia. Por supuesto, proponer una reforma de la Ley Orgánica del Ministerio Público, con el deliberado y específico fin de destituir a la Señora Porras, es un acto grandioso de estulticia, porque la ley solo puede ser válida a partir de la fecha en que es decretada o sancionada, o a partir de la fecha en que adquiere vigencia, excepto en el caso de quienes cumplen una condena penal, si la ley los beneficia. Es ofensivamente evidente el mandato del Artículo 15. Irretroactividad de la ley, de la Constitución Política. He aquí el mandato: La ley no tiene efecto retroactivo, salvo en materia penal cuando favorezca al reo.

Aun si la reforma fuera aprobada, y fuera válida en el caso de la Señora Porras, es un acto grandioso de estulticia suponer que la Corte Suprema de Justicia necesariamente admitiría la solicitud de antejuicio de ella; que si la admitiera, necesariamente el Congreso de la República autorizaría que ella fuera sometida a proceso judicial penal; que si fuera sometida a tal proceso, necesariamente los jueces dictarían sentencia condenatoria; que necesariamente esa sentencia no podría ser objeto de impugnación; que necesariamente ella, la Señora Porras, se abstendría de solicitar a la Corte de Constitucionalidad, ampararla con el fin de no ser sujeto de antejuicio; y que si solicitara ser amparado, necesariamente esa corte no la ampararía y, por consiguiente, el proceso de antejuicio no sería interrumpido.

Formidable ataque verbal. La propuesta del Señor Arévalo, de reformar la ley deliberada y específicamente para destituir a la Señora Porras, brindó un motivo para que, el 7 de mayo del presente año, un día después de que él solicitara la reforma, ella públicamente arrojara sobre él un impetuoso torrente de acusaciones, que fue equivalentes a un formidable ataque verbal.

La Señora Porras acusó al Señor Arévalo de tener la perversa intención de someter al Ministerio Público a su propio interés. Quiere tener la garantía de que el Jefe del Ministerio Público y Fiscal General de la República proteja su interés político y sea complaciente; y no continúe con la investigación criminal de él, y de su partido. Él quiere, no un “auxiliar de la administración pública y de los tribunales”, sino un edecán personal que, secreta y suficientemente gratificado, tolere su criminalidad, admire su sagacidad y bendiga su impunidad.

Lo acusó de haber emprendido, contra ella, acciones espurias, maliciosas y anti democráticas. Lo acusó de amenazar al Estado Constitucional de Derecho; de ser un ignorante del régimen jurídico de la nación; de pretender estar exento de someterse a la ley; y de tener la manifiesta intención de vulnerar la autonomía e independencia el Ministerio Público, y el principio de legalidad, el principio de certeza jurídica y la seguridad democrática del país.

Lo acusó de ser mentiroso y mentirle al pueblo de Guatemala; e intentar, con discursos tendenciosos y populistas, engañar al pueblo, con la intención de que crea que el Ministerio Público perdona y exculpa a quienes delinquen. Lo acusó de intentar que el pueblo crea que compete al Ministerio Público aquello que compete a los jueces: dictar sentencia.

Lo acusó de ocuparse de sus propios intereses privados y de los intereses de su partido político; y de haber emprendido un simulacro de combate a la corrupción. Efectivamente, el gobierno había presentado, en el Ministerio Público, un ridículo número de denuncias de actos de corrupción.

Lo acusó, tácitamente, de ineptitud y negligencia, porque, aunque disponía del mayor presupuesto financiero del Estado en la historia de Guatemala, no había podido ejecutar ni el 30% de ese presupuesto; y no había algún progreso en suministrar servicios públicos de salud, educación y seguridad.

Lo acusó de ignorar que Guatemala es una república, en la que hay tres organismos que ejercen el poder del Estado, los cuales son independientes. La Señora Porras aludía a la pretensión del Señor Arévalo de influir en las decisiones legislativas de los diputados. Sobre esa misma cuestión, advirtió que los diputados deben actuar fundamentados en la ley, y no por orden presidencial. Tampoco deben actuar por instrucciones en inglés.

Lo acusó de incumplir las funciones que le adjudica la Constitución Política; de no ocuparse de los intereses del pueblo; de no respetar la institucionalidad, la Constitución Política y las leyes ordinarias; de obedecer instrucciones de funcionarios del gobierno de Estados Unidos de América; de incurrir en excusas por incumplimiento de sus funciones; y de pretender sustituir, con discursos vacíos, arrebatados y amenazas coléricas, las acciones efectivas que beneficien al pueblo de Guatemala. Y lo invitó a actuar seriamente.

Audaz advertencia y desafiante anuncio. El ataque verbal de la Señora Porras al Señor Arévalo finalizó con una audaz advertencia: Señor presidente: usted dice que soy un obstáculo. Y efectivamente, lo seré. Seré un obstáculo para quien viole los derechos de los guatemaltecos, independientemente de que los violadores sean nacionales o extranjeros. Le garantizo que seré un obstáculo para quien quiera vulnerar la democracia; para quien sea corrupto; para quien atente contra nuestra niñez, contra la mujer, contra los guatemaltecos vulnerables; y contra quien cometa un delito. Seré un obstáculo para quien quiera someter las instituciones a su interés político, con el fin de garantizar su propia impunidad. Seré un obstáculo para quien pretenda no ser sujeto de investigación criminal. Complementariamente, la Señora Porras anunció desafiantemente que no desistirá de la investigación criminal y la persecución penal del Señor Arévalo y del partido Movimiento Semilla.

En general, nunca en la historia reciente de nuestra patria, el Presidente de la República había sido sujeto de un ataque verbal público semejante, obra de un funcionario gubernamental al que él no puede destituir si no hay un motivo de destitución contemplado en la ley. En particular, nunca, en esa misma historia, un Jefe del Ministerio Público y Fiscal General de la República había defendido tan resueltamente, y con tanta valentía y coraje, y belígera pasión, la independencia que le confiere la Constitución Política.

Fue un ataque verbal franco, devastador, realmente humillante. El señor Arévalo no se defendió, ni emprendió su propio ataque verbal contra la Señora Porras. Hubo acción de ella; pero no hubo reacción de él. Celebro ese ataque, que, quiero creer, está destinado a ser un importante suceso de la historia político-legal de nuestra patria.

Mi congratulación por la resolución. Me congratula la acertada resolución de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad, que no aceptaron la solicitud de revocar el amparo concedido a la Señora Porres, y tácitamente le prohibieron al Señor Bernardo Arévalo insistir ilegalmente en destituirla. Y por la valentía, el coraje, la intrepidez y la audacia que ella ha mostrado en la persecución penal de él y de su partido político, Movimiento Semilla, es innecesario exhortarla a persistir, con patriótica intransigencia y con siempre renovada energía, en esa persecución.

El Señor Arévalo podría acusar a los magistrados de la Corte de Constitucionalidad, de cooperar con la Señora Porras para que prosiga la persecución penal de él, y continúe una presunta conspiración para derribarlo; y persista la impunidad. Empero, si el amparo hubiera sido revocado, podría haber elogiado a los magistrados por ser magníficos juristas, protectores de un ciudadano moral y legalmente virtuoso; y por ser enérgicos enemigos de quienes intentan derribarlo; y por ser paladines en el combate de la impunidad y en el progreso hacia el ideal de plena punición.

Post scriptum. Con complacencia contemplo al Señor Arévalo yacente en el suelo del fracaso, derribado por la adversa resolución reciente de la Corte de Constitucionalidad, y por la postergada discusión legislativa de la reforma de Ley Orgánica del Ministerio Público propuesta por él, y por el impetuoso ataque verbal de la Señora Porras.

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