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Urge una salida sensata a la crisis de justicia

Evolución

Dentro del actual proceso de postulación de candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Apelaciones, el cual ha transgredido el plazo constitucional para el relevo de dichas cortes y el cual se lleva a cabo por segunda ocasión, en ambos casos por decisión de la Corte de Constitucionalidad, recientemente salió a luz que un notorio operador político, encausado penalmente, se reunió con algunos de los comisionados que integran dichas postuladoras, de manera que lógicamente se ha puesto en duda nuevamente la legalidad y legitimidad del proceso.

A raíz de esos eventos, el Ministerio Público interpuso un amparo en la Corte de Constitucionalidad a efecto de que el Congreso de la República se abstenga de hacer la designación final de los eventuales magistrados de Corte Suprema y Corte de Apelaciones, dadas las circunstancias. Nuevamente, la Corte de Constitucionalidad tiene en sus manos la decisión de cómo habrá de procederse en este caso. Ya en ocasiones anteriores la Corte de Constitucionalidad ha ejercido competencia y jurisdicción en este proceso complejo y desgastado, habiendo sido también justificadamente cuestionadas sus resoluciones. Un tema preocupante ha sido la prórroga del período establecido en la constitución para el ejercicio de estos cargos. La Corte de Constitucionalidad abrió la posibilidad de que los funcionarios que integran uno de los tres poderes del estado puedan extenderse en sus funciones más allá del período establecido en la constitución, lo cual constituye un precedente sumamente peligroso y riesgoso hacia el futuro, dado que la propia corte ha abrogado el plazo constitucional y se ha conferido a si misma el poder de decidir que algún funcionario puede ejercer un cargo más allá del período establecido legalmente. Otro aspecto que ha motivado cuestionamientos ha sido la aplicación errática y ambivalente de la ley de la carrera judicial, la ley de comisiones de postulación, así como la posición de ambas legislaciones en términos de jerarquía normativa respecto de la propia constitución, habiendo sostenido criterios incluso contradictorios en algunos casos respecto del papel que estas normativas juegan dentro del proceso de postulación de candidatos a magistrados. Claro está también que en algunos casos las decisiones de la corte se han alineado con los intereses de los grupos que han querido interferir en los procesos, lógicamente con miras a que sean “sus” candidatos los que eventualmente resulten electos.

Desde luego, por otro lado está la sempiterna interferencia de operadores políticos oscuros que históricamente han interferido en estos procesos y que siempre coluden con los actores políticos que integran dichas comisiones, sea que provengan del colegio de abogados, de las propias cortes, de las universidades y no se diga de diputados al congreso que tienen en sus manos la designación final. Así, por donde se le quiera ver, el proceso está viciado, como siempre lo ha estado porque, como lo he expuesto anteriormente, esa es la naturaleza del proceso desde su propio diseño. Es decir, la raíz del problema está en la propia constitución y no se puede esperar resultados diferentes.

Ante esta nueva acción que pretende que se repita el proceso nuevamente, es imprescindible que la Corte de Constitucionalidad aplique criterios prudentes y sensatos. Claro que los señalamientos recientes son graves y que es razonable pensar que hubo influencias e intercambio de favores políticos para que ciertos personajes llegaran a formar parte de los listados. Pero, si existe evidencia concreta de ello, podría, por ejemplo, sostenerse que se excluyan de los listados a los personajes individualizados y no botar todo el proceso. Puede darse el caso también, por ejemplo, que el congreso no designe a alguna de las personas con este tipo de señalamientos, ante todo con suficiente presión de la ciudadanía y opinión pública. Puede también darse el supuesto que aún si llegaran a ser designados, sean impugnadas los nombramientos específicos de personajes individualizados que fueron parte de este contubernio y buscar su remoción por la vía legal. Y, por supuesto, independientemente de todo ello, sin duda deben plantearse las acciones penales correspondientes para deducirle las responsabilidades a todos los que puedan ser responsables de colusión y tráfico de influencias durante el proceso de postulación. Por último, en caso la corte decida anular lo actuado, debe tener el suficiente cuidado y prudencia de retrotraer el proceso a un punto sensato a modo de que la integración de las cortes se dé dentro de un plazo breve y razonable, para evitar un mayor desgaste y darle una salida certera y efectiva a esta crisis en la que ya estamos.

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Alejandro Baldizón

Abogado y Notario, catedrático universitario y analista en las áreas de economía, política y derecho.

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